A/RES/54/18B Página 2 Reafirmando que los gastos de la Misión de Observación que no se financian mediante contribuciones voluntarias son gastos de la Organización que deben ser sufragados por los Estados Miembros de conformidad con el párrafo 2 del Artículo 17 de la Carta de las Naciones Unidas, Recordando sus decisiones anteriores de que para sufragar los gastos de la Misión de Observación se requiere un procedimiento distinto del que se aplica para sufragar los gastos del presupuesto ordinario de las Naciones Unidas, Teniendo en cuenta que los países económicamente más desarrollados están en condiciones de hacer contribuciones relativamente mayores y que los países económicamente menos desarrollados tienen una capacidad relativamente limitada de contribuir a una operación de esa índole, Teniendo presente la responsabilidad especial de los Estados que son miembros permanentes del Consejo de Seguridad en la financiación de tales operaciones, como se señala en la resolución 1874 (S-IV) de la Asamblea General, de 27 de junio de 1963, Expresando su reconocimiento por las importantes contribuciones voluntarias efectuadas a la Misión de Observación por el Gobierno de Kuwait y por las contribuciones de otros gobiernos, Consciente de que es indispensable proporcionar a la Misión de Observación los recursos financieros necesarios para que pueda desempeñar las funciones que le competen en virtud de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, 1. Toma nota del estado de las contribuciones para la Misión de Observación de las Naciones Unidas para el Iraq y Kuwait al 30 de abril de 2000, en particular de las contribuciones pendientes de pago por valor de 13,8 millones de dólares de los Estados Unidos, que constituyen aproximadamente el 5% del total de las cuotas asignadas desde que se estableció la Misión hasta el período terminado el 30 de junio de 2000, observa que aproximadamente el 4% de los Estados Miembros ha pagado íntegramente sus cuotas e insta a los demás Estados Miembros de que se trate, en particular a los que están en mora, a que abonen sus cuotas pendientes de pago; 2. Expresa nuevamente su agradecimiento al Gobierno de Kuwait por su decisión de sufragar las dos terceras partes del costo de la Misión de Observación a partir del 1 de noviembre de 1993; 3. Expresa su agradecimiento a los Estados Miembros que han pagado íntegramente sus cuotas; 4. Expresa preocupación por la situación financiera de las actividades de mantenimiento de la paz, en particular con respecto al reembolso de las sumas adeudadas a los países que aportan contingentes, que soportan una carga adicional debido al atraso de los Estados Miembros en el pago de sus cuotas; 5. Insta a todos los demás Estados Miembros a que hagan cuanto esté a su alcance por pagar íntegra y puntualmente sus cuotas para la Misión de Observación; 6. Expresa preocupación por las demoras a las que ha tenido que hacer frente el Secretario General a la hora de desplegar algunas misiones recientes de mantenimiento de la paz, en particular en África, y de proporcionarles recursos suficientes; 7. Hace hincapié en que todas las misiones de mantenimiento de la paz en curso y futuras deben recibir un trato igual y no discriminatorio con respecto a las disposiciones financieras y administrativas; /...

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