A/RES/54/240B Página 2 Recordando también su resolución 54/240 A, de 23 de diciembre de 1999, en que pidió al Secretario General que obtuviera los comentarios y las observaciones del Tribunal Internacional para Rwanda sobre el informe del Grupo de Expertos encargado de evaluar la eficacia de las actividades y el funcionamiento de los Tribunales Internacionales y que se los presentara, por conducto de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto, para examinarlos en la continuación de su quincuagésimo cuarto período de sesiones, 1. Toma nota del informe del Grupo de Expertos encargado de evaluar la eficacia de las actividades y el funcionamiento del Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 1991 y del Tribunal Penal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de genocidio y otras violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de Rwanda y de los ciudadanos rwandeses presuntamente responsables de genocidio y otras violaciones de esa naturaleza cometidas en el territorio de Estados vecinos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 19942, establecido por el Secretario General con arreglo a las resoluciones 53/212 y 53/213 de la Asamblea General, y de la nota del Secretario General con la que se transmiten los comentarios al respecto3; 2. Hace suyas las observaciones y recomendaciones que figuran en el informe de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto4; 3. Pide al Secretario General que transmita al Consejo de Seguridad para su examen el informe del Grupo de Expertos2, junto con la nota del Secretario General con la que se transmiten los comentarios al respecto3; 4. Celebra las mejoras introducidas recientemente en el funcionamiento del Tribunal para Rwanda y alienta a que continúen los esfuerzos encaminados a ese fin; 5. Toma nota de que se están tomando disposiciones para introducir mejoras en los ámbitos en que es necesario, en particular, los señalados por el Grupo de Expertos y los órganos de supervisión externa e interna; 6. Pide al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo período de sesiones, en el contexto del presupuesto del Tribunal Internacional para Rwanda para el año 2001, teniendo en cuenta las opiniones de todos los órganos del Tribunal, un informe acerca de las medidas que se hayan adoptado o se prevea adoptar para mejorar el funcionamiento del Tribunal, en particular en relación con las recomendaciones del Grupo de Expertos que siguen en examen en su quincuagésimo sexto período de sesiones, en la medida en que puedan llevarse a la práctica; 2 Véase A/54/634. 3 A/54/850. 4 A/54/874. /...

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