A/RES/73/237
Lucha contra las tormentas de arena y polvo
Reafirmando además el Acuerdo de París 1 y alentando a todas las partes en él a
que lo apliquen plenamente y a las partes en la Convención Marco de las Naciones
Unidas sobre el Cambio Climático 2 que aún no lo hayan hecho a que depositen cuanto
antes sus instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, según
corresponda,
Resaltando las sinergias entre la implementación de la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible y el Acuerdo de París y haciendo notar con preocupación los
hallazgos científicos que figuran en el informe especial del Grupo Intergubernamental
de Expertos sobre el Cambio Climático titulado “Global Warming of 1.5°C”
(Calentamiento global de 1,5°C),
Aguardando con interés la cumbre sobre el cambio climático a la que convocará
el Secretario General en 2019 para acelerar la acción mundial ante el cambio climático,
Recordando las resoluciones de la Asamblea de las Naciones Unidas sob re el
Medio Ambiente 1/7, de 27 de junio de 2014, relativa al fortalecimiento de la función
del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente en la promoción de la
calidad del aire 3, y 2/21, de 27 de mayo de 2016, relativa a las tormentas de arena y
polvo 4,
Recordando también los resultados del 13 er período de sesiones de la
Conferencia de las Partes en la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra
la Desertificación en los Países Afectados por Sequía Grave o Desertificación, en
Particular en África, celebrado en Ordos (China) del 6 al 16 de septiembre de 2017,
incluida la decisión 31/COP.13, de 15 de septiembre de 2017, relativa al Marco de
Promoción de Políticas para Luchar contra las Tormentas de Arena y Polvo 5,
Observando que la Comisión Económica y Social para Asia y el Pacífico aprobó,
en su 72º período de sesiones, la resolución 72/7, de 19 de mayo de 2016, relativa a
la cooperación regional para luchar contra las tormentas de arena y polvo en Asia y
el Pacífico,
Recordando su resolución 66/288, de 27 de julio de 2012, en la que hizo suyo
el documento final de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo
Sostenible, titulado “El futuro que queremos”,
Recordando también sus resoluciones 71/229, de 21 de diciembre de 2016, y
72/220, de 20 de diciembre de 2017, relativas a la aplicación de la Convención de las
Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los Países Afectados por
Sequía Grave o Desertificación, en Particular en África,
Tomando nota del Programa Regional de Lucha contra las Tormentas de Arena
y Polvo del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y tomando
nota también de otras iniciativas, como la reunión ministerial sobre las tormentas de
arena y polvo que se celebró en Nairobi el 21 de febrero de 2013 en paralelo al
27º período de sesiones del Consejo de Administración/Foro Ambiental Mundial a
Nivel Ministerial del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente,
Recordando la Declaración de Sendái y el Marco de Sendái para la Reducción
del Riesgo de Desastres 2015-2030, aprobados en la Tercera Conferencia Mundial de
las Naciones Unidas sobre la Reducción del Riesgo de Desastres y que la Asamblea
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Aprobado en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
como consta en el documento FCCC/CP/2015/10/Add.1, decisión 1/CP.21.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1771, núm. 30822.
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo noveno perío do de sesiones,
Suplemento núm. 25 (A/69/25), anexo.
Ibid., septuagésimo primer período de sesiones, Suplemento núm. 25 (A/71/25), anexo.
Véase ICCD/COP(13)/21/Add.1.
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