A/RES/74/141
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
29 de enero de 2020
Septuagésimo cuarto período de sesiones
Tema 70 del programa
Promoción y protección de los derechos humanos
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 18 de diciembre de 2019
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/74/399)]
74/141.
Los derechos humanos al agua potable y al saneamiento
La Asamblea General,
Guiada por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
Recordando sus resoluciones 64/292, de 28 de julio de 2010, en la que reconoció
que el derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho humano esencial para
el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos, y 72/178, de 19 de
diciembre de 2017, titulada “Los derechos humanos al agua potable y el
saneamiento”,
Reafirmando todas las resoluciones anteriores del Consejo de Derechos
Humanos relativas a los derechos humanos al agua potable y al saneamiento, entre
ellas, la resolución 39/8 del Consejo, de 27 de septiembre de 2018 1,
Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos 2, el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 3, el Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos 3, la Convención Internacional sobre la Eliminación
de Todas las Formas de Discriminación Racial 4, la Convención sobre la Eliminación
de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer 5, la Convención sobre los
Derechos del Niño 6 y la Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad 7,
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19-22240 (S)
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo tercer período de sesiones,
suplemento núm. 53A (A/73/53/Add.1), cap. III.
Resolución 217 A (III).
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 660, núm. 9464.
Ibid., vol. 1249, núm. 20378.
Ibid., vol. 1577, núm. 27531.
Ibid., vol. 2515, núm. 44910.
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