A/RES/55/180 B 12. Hace suyas las conclusiones y recomendaciones que figuran en los informes de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto4, y pide al Secretario General que vele por su plena aplicación; 13. Pide al Secretario General que tome todas las medidas necesarias para que la Fuerza se administre con el máximo de eficiencia y economía; 14. Pide también al Secretario General que, con objeto de reducir el costo de emplear personal del cuadro de servicios generales, continúe haciendo lo posible para que se contrate personal local para ocupar los puestos del cuadro de servicios generales de la Fuerza, en consonancia con las necesidades de ésta; 15. Reitera su petición al Secretario General en el sentido de que adopte las medidas necesarias para la aplicación cabal del párrafo 8 de su resolución 51/233, del párrafo 5 de su resolución 52/237, del párrafo 11 de su resolución 53/227, del párrafo 14 de su resolución 54/267 y del párrafo 14 de su resolución 55/180 A, insiste una vez más en que Israel debe pagar la suma de 1.284.633 dólares por los gastos causados en el incidente ocurrido en Qana el 18 de abril de 1996, y pide al Secretario General que le informe sobre esta cuestión en la parte principal de su quincuagésimo sexto período de sesiones; 16. Decide reducir el prorrateo hecho por la Asamblea General en sus resoluciones 54/267 y 55/180 A de la suma de 233.592.094 dólares en cifras brutas (228.191.141 dólares en cifras netas), incluidas la suma de 6.967.059 dólares en cifras brutas (5.895.590 dólares en cifras netas) para la cuenta de apoyo de las operaciones de mantenimiento de la paz y la suma de 1.089.216 dólares en cifras brutas (969.161 dólares en cifras netas) para la Base Logística de las Naciones Unidas para el mantenimiento y la expansión de la Fuerza respecto del período comprendido entre el 1° de julio de 2000 y el 30 de junio de 2001, a la suma de 207.154.194 dólares en cifras brutas (201.981.841 dólares en cifras netas), incluidas la suma de 6.967.059 dólares en cifras brutas (5.895.590 dólares en cifras netas) para la cuenta de apoyo y la suma de 1.089.216 dólares en cifras brutas (969.161 dólares en cifras netas) para la Base Logística; 17. Decide también reducir el prorrateo hecho por la Asamblea General en sus resoluciones 54/267 y 55/180 A para el período comprendido entre el 1° de febrero y el 30 de junio de 2001 de la suma de 97.330.038 dólares en cifras brutas (95.079.645 dólares en cifras netas) a la suma de 70.892.138 dólares en cifras brutas (68.870.345 dólares en cifras netas), teniendo en cuenta la suma de 194.660.080 dólares en cifras brutas (190.159.283 dólares en cifras netas) ya prorrateada para el período comprendido entre el 1° de julio de 2000 y el 30 de abril de 2001; 18. Decide además que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 973 (X), de 15 de diciembre de 1955, se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo entre los Estados Miembros indicado en el párrafo 17 supra las partes que les correspondan, en el Fondo de Nivelación de Impuestos, de los ingresos reducidos por concepto de contribuciones del personal, estimados en 2.021.793 dólares, aprobados para la Fuerza respecto del período comprendido entre el 1° de febrero y el 30 de junio de 2001; 19. Autoriza al Secretario General a contraer obligaciones por la suma de 99.548.960 dólares en cifras brutas (97.558.500 dólares en cifras netas) para el mantenimiento de la Fuerza respecto del período comprendido entre el 1° de julio y el 31 de diciembre de 2001, y decide prorratear la suma de 6.021.721 dólares en cifras brutas (5.284.652 dólares en cifras netas) para la cuenta de apoyo y la suma de 629.045 dólares en 4 A/55/874, apartado a) del párrafo 10 y A/55/885. Véase también Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo quinto período de sesiones, Quinta Comisión, 48a. sesión (A/C.5/55/SR.48), y corrección. 3

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