A/RES/73/155 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 10 de enero de 2019 Septuagésimo tercer período de sesiones Tema 70 a) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 17 de diciembre de 2018 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/73/585)] 73/155. Derechos del niño La Asamblea General, Reafirmando la importancia de su resolución 44/25, de 20 de noviembre de 1989, en la que adoptó la Convención sobre los Derechos del Niño 1, que constituye la norma en la promoción y protección de los derechos del niño, reafirmando también que los Estados partes en la Convención deben adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean necesarias para hacer efect ivos los derechos reconocidos en la Convención, teniendo presente la importancia de sus Protocolos Facultativos 2, y pidiendo la ratificación universal y aplicación efectiva de estos y otros instrumentos de derechos humanos, Recordando todas sus resoluciones anteriores sobre los derechos del niño, la más reciente de las cuales es la resolución 72/245, de 24 de diciembre de 2017, y recordando también todas las demás resoluciones pertinentes, entre ellas la resolución 71/176, de 19 de diciembre de 2016, relativa a la protección de los niños contra el acoso, Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos 3 , donde se proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en ella, sin distinción alguna, y observando que en 2018 se conmemora su septuagésimo aniversario; Recordando el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 4, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 4, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad 5, la Convención Internacional para la __________________ 1 2 3 4 5 18-22250 (S) Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, núm. 27531. Ibid., vols. 2171 y 2173, núm. 27531; y resolución 66/138, anexo. Resolución 217 A (III). Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo. Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2515, núm. 44910. 110119 *1822250* 150119

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