A/RES/53/222 B
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Teniendo presente también la resolución del Consejo de Seguridad 1123 (1997), de 30 de julio de
1997, por la cual el Consejo estableció la Misión de Transición de las Naciones Unidas en Haití con un
mandato limitado a un solo período de cuatro meses,
Teniendo presentes además las resoluciones del Consejo de Seguridad 1141 (1997), de 28 de
noviembre de 1997, por la cual el Consejo estableció la Misión de Policía Civil de las Naciones Unidas
en Haití, y 1212 (1998), de 25 de noviembre de 1998, por la cual el Consejo prorrogó el mandato de la
Misión hasta el 30 de noviembre de 1999,
Recordando su resolución 51/15 A, de 4 de noviembre de 1996, relativa a la financiación de la
Misión de Apoyo, y sus decisiones y resoluciones posteriores al respecto, la última de las cuales fue la
resolución 53/222 A, de 7 de abril de 1999,
Reafirmando que los gastos de las Misiones son gastos de la Organización que deben ser sufragados
por los Estados Miembros, de conformidad con el párrafo 2 del Artículo 17 de la Carta de las Naciones
Unidas,
Recordando sus decisiones anteriores de que para sufragar los gastos ocasionados por las Misiones
se requiere un procedimiento diferente del que se aplica para sufragar los gastos del presupuesto ordinario
de las Naciones Unidas,
Teniendo en cuenta que los países económicamente más desarrollados están en condiciones de hacer
contribuciones relativamente mayores y que los países económicamente menos desarrollados tienen una
capacidad relativamente limitada para contribuir a una operación de esa índole,
Teniendo presente la responsabilidad especial de los Estados que son miembros permanentes del
Consejo de Seguridad en la financiación de tales operaciones, como se señala en la resolución 1874 (S–IV)
de la Asamblea General, de 27 de junio de 1963,
Tomando nota con reconocimiento de que determinados gobiernos han hecho contribuciones
voluntarias a las Misiones,
Consciente de que es indispensable proporcionar a las Misiones los recursos financieros necesarios
para que puedan desempeñar las funciones que les competen en virtud de las resoluciones pertinentes del
Consejo de Seguridad,
1. Toma nota de la situación de las contribuciones para la Misión de Apoyo de las Naciones Unidas
en Haití, la Misión de Transición de las Naciones Unidas en Haití y la Misión de Policía Civil de las
Naciones Unidas en Haití al 30 de abril de 1999, en particular de las cuotas pendientes de pago por valor
de 23,8 millones de dólares de los Estados Unidos, que constituyen el 21% del total de las cuotas
asignadas desde que se estableció la Misión de Apoyo hasta el 30 de junio de 1999, observa que
aproximadamente el 27% de los Estados Miembros han pagado íntegramente sus cuotas, e insta a los
demás Estados Miembros de que se trate, en particular a los que están en mora, a que abonen sus cuotas
pendientes de pago;
2. Expresa preocupación por la situación financiera de las actividades de mantenimiento de la paz,
en particular con respecto al reembolso a los países que aportan contingentes, que soportan cargas
adicionales debido al atraso de los Estados Miembros en el pago de sus cuotas;
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