A/RES/74/183
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
27 de diciembre de 2019
Septuagésimo cuarto período de sesiones
Tema 77 del programa
Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el
Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada
en su 52º período de sesiones
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 18 de diciembre de 2019
[sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/74/423)]
74/183.
Disposiciones Legales Modelo de la Comisión de las Naciones
Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre las
Alianzas Público-Privadas
La Asamblea General,
Recordando su resolución 2205 (XXI), de 17 de diciembre de 1966, en la que
estableció la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil
Internacional y le confirió el mandato de promover la armonización y unificación
progresivas del derecho mercantil internacional y, a ese respecto, tener presentes los
intereses de todos los pueblos, en particular los de los países e n desarrollo, en la
evolución general del comercio internacional,
Recordando también su resolución 58/4, de 31 de octubre de 2003, en la que
aprobó la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción 1,
Recordando además su resolución 70/1, de 25 de septiembre de 2015, en la que
aprobó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, y su resolución 69/313, de 27 de
julio de 2015, en la que hizo suya la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera
Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo,
Convencida de que las alianzas público-privadas pueden desempeñar un papel
importante en la mejora del suministro de infraestructura y servicios públicos y su
gestión racional y en el apoyo a los esfuerzos de los Gobiernos por alcanzar los
Objetivos de Desarrollo Sostenible,
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19-22342 (S)
Véase también Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2349, núm. 42146.
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*1922342*
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