A/RES/78/219
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
22 de diciembre de 2023
Septuagésimo octavo período de sesiones
Tema 71 c) del programa
Promoción y protección de los derechos humanos:
situaciones de los derechos humanos e informes
de relatores y representantes especiales
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 19 de diciembre de 2023
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/78/481/Add.3, párr. 33)]
78/219.
Situación de los derechos humanos de los musulmanes rohinyás
y otras minorías en Myanmar
La Asamblea General,
Guiada por la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de
Derechos Humanos 1 , los aactos nnternacionales de Derechos Humanos 2 y otros
instrumentos pertinentes del derecho internacional y el derecho de los derechos
humanos,
Recordando que sobre los Estados recae la responsabilidad primordial de
respetar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos,
Recordando también sus resoluciones anteriores relativas a la situación de los
derechos humanos en Myanmar, las más recientes de las cuales son las resoluciones
77/227, de 15 de diciembre de 2022, 76/180, de 16 de diciembre de 2021, 75/287, de
18 de junio de 2021, 75/238, de 31 de diciembre de 2020, 74/246, de 27 de diciembre
de 2019, 73/264, de 22 de diciembre de 2018, y 72/248, de 24 de diciembre de 2017,
y recordando las resoluciones y decisiones del Consejo de Derechos Hu manos, las
más recientes de las cuales son las resoluciones 53/26, de 14 de julio de 2023 3, 52/31,
de 4 de abril de 2023 4, 50/3, de 7 de julio de 2022 5, 49/23, de 1 de abril de 2022 6,
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23-25994 (S)
Resolución 217 A (III).
Resolución 2200 A (XXI), anexo.
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo octavo período de sesiones,
suplemento núm. 53 (A/78/53), cap. VIII, secc. A.
Ibid., cap. V, secc. A.
Ibid., septuagésimo séptimo período de sesiones, suplemento núm. 53 ( A/77/53), cap. VII,
secc. A.
Ibid., cap. VI, secc. A.
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