Problema de la militarización de la República Autónoma
de Crimea y la ciudad de Sebastopol (Ucrania), así
como partes del mar Negro y el mar de Azov
A/RES/73/194
de 5 de diciembre de 1994 1, en el que, entre otras cosas, se reafirmaba el compromiso
de respetar la independencia y soberanía y las fronteras existentes de Ucrania,
Apoyando el compromiso de Ucrania de adherirse al derecho internacional en
sus esfuerzos por poner fin a la ocupación temporal rusa de Crimea,
1.
Destaca que la presencia de tropas rusas en Crimea es contraria a la
soberanía nacional, la independencia política y la integridad territorial de Ucrania y
socava la seguridad y la estabilidad de los países vecinos y la región de Europa;
2.
Expresa su grave preocupación por la progresiva militarización de Crimea
por la Federación de Rusia en su calidad de Potencia ocupante, y expresa también
preocupación por los informes sobre la continua desestabilización de Crimea debido
a las transferencias por parte de la Federación de Rusia de sistemas de armas,
incluidos aviones con capacidad nuclear y misiles, armas, municiones y per sonal
militar al territorio de Ucrania, e insta a la Federación de Rusia a que ponga fin a esa
actividad;
3.
Expresa su preocupación por los múltiples ejercicios militares de las
fuerzas armadas rusas en Crimea, que pueden socavar la seguridad regional y acarrear
importantes consecuencias negativas a largo plazo para el medio ambiente en la
región;
4.
Expresa su preocupación también por las medidas que está adoptando
la Federación de Rusia en partes del mar Negro que rodean Crimea y el mar de Azov,
incluida su militarización, que plantean nuevas amenazas a Ucrania y socavan la
estabilidad de la región en su conjunto;
5.
Expresa su profunda preocupación por el peligroso aumento de las
tensiones y el uso injustificado de la fuerza por parte de la Federació n de Rusia
contra Ucrania, en particular contra tres buques de las fuerzas navales de Ucrania,
a saber, el Berdyansk, el Nikopol y el remolcador Yana Kapu, el 25 de noviembre
de 2018 en el mar Negro, así como por las graves heridas sufridas por algunos
de sus tripulantes, exhorta a la Federación de Rusia a que proceda a la liberación de
los buques y sus tripulantes y equipo de manera incondicional y sin demora, y pide
que se actúe con la mayor prudencia posible para reducir la tensión de forma
inmediata;
6.
Exhorta a la Federación de Rusia a que se abstenga de obstaculizar el
ejercicio legítimo de los derechos y libertades de navegación en el mar Negro, el mar
de Azov y el estrecho de Kerch de conformidad con el derecho internacional aplicable,
en particular las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el
Derecho del Mar de 1982 2;
7.
Condena la construcción y apertura por parte de la Federación de Rusia
del puente del estrecho de Kerch entre la Federación de Rusia y la Crimea
temporalmente ocupada, lo que facilita una mayor militarización de Crimea, y
condena también la creciente presencia militar de la Federación de Rusia en partes
del mar Negro y el mar de Azov, incluido el estrecho de Kerch, así como el
hostigamiento por parte de la Federación de Rusia contra los buques comerciales y la
restricción del transporte marítimo internacional en esas zonas;
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A/49/765, anexo I.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1834, núm. 31363.
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