Problema de la militarización de la República Autónoma de Crimea y la ciudad de Sebastopol (Ucrania), así como partes del mar Negro y el mar de Azov A/RES/73/194 de 5 de diciembre de 1994 1, en el que, entre otras cosas, se reafirmaba el compromiso de respetar la independencia y soberanía y las fronteras existentes de Ucrania, Apoyando el compromiso de Ucrania de adherirse al derecho internacional en sus esfuerzos por poner fin a la ocupación temporal rusa de Crimea, 1. Destaca que la presencia de tropas rusas en Crimea es contraria a la soberanía nacional, la independencia política y la integridad territorial de Ucrania y socava la seguridad y la estabilidad de los países vecinos y la región de Europa; 2. Expresa su grave preocupación por la progresiva militarización de Crimea por la Federación de Rusia en su calidad de Potencia ocupante, y expresa también preocupación por los informes sobre la continua desestabilización de Crimea debido a las transferencias por parte de la Federación de Rusia de sistemas de armas, incluidos aviones con capacidad nuclear y misiles, armas, municiones y per sonal militar al territorio de Ucrania, e insta a la Federación de Rusia a que ponga fin a esa actividad; 3. Expresa su preocupación por los múltiples ejercicios militares de las fuerzas armadas rusas en Crimea, que pueden socavar la seguridad regional y acarrear importantes consecuencias negativas a largo plazo para el medio ambiente en la región; 4. Expresa su preocupación también por las medidas que está adoptando la Federación de Rusia en partes del mar Negro que rodean Crimea y el mar de Azov, incluida su militarización, que plantean nuevas amenazas a Ucrania y socavan la estabilidad de la región en su conjunto; 5. Expresa su profunda preocupación por el peligroso aumento de las tensiones y el uso injustificado de la fuerza por parte de la Federació n de Rusia contra Ucrania, en particular contra tres buques de las fuerzas navales de Ucrania, a saber, el Berdyansk, el Nikopol y el remolcador Yana Kapu, el 25 de noviembre de 2018 en el mar Negro, así como por las graves heridas sufridas por algunos de sus tripulantes, exhorta a la Federación de Rusia a que proceda a la liberación de los buques y sus tripulantes y equipo de manera incondicional y sin demora, y pide que se actúe con la mayor prudencia posible para reducir la tensión de forma inmediata; 6. Exhorta a la Federación de Rusia a que se abstenga de obstaculizar el ejercicio legítimo de los derechos y libertades de navegación en el mar Negro, el mar de Azov y el estrecho de Kerch de conformidad con el derecho internacional aplicable, en particular las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 2; 7. Condena la construcción y apertura por parte de la Federación de Rusia del puente del estrecho de Kerch entre la Federación de Rusia y la Crimea temporalmente ocupada, lo que facilita una mayor militarización de Crimea, y condena también la creciente presencia militar de la Federación de Rusia en partes del mar Negro y el mar de Azov, incluido el estrecho de Kerch, así como el hostigamiento por parte de la Federación de Rusia contra los buques comerciales y la restricción del transporte marítimo internacional en esas zonas; __________________ 1 2 2/3 A/49/765, anexo I. Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1834, núm. 31363. 18-22290

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