S/RES/2388 (2017) Naciones Unidas Consejo de Seguridad Distr. general 21 de noviembre de 2017 Resolución 2388 (2017) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 8111ª sesión, celebrada el 21 de noviembre de 2017 El Consejo de Seguridad, Recordando la Declaración de la Presidencia 2015/25 y la resolución 2331 (2016), Tomando nota del informe S/2017/939 del Secretario General, Recordando su responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, Tomando nota de los esfuerzos realizados por las entidades de las Naciones Unidas y los organismos internacionales y regionales para aplicar la resolución 2331 (2016), incluida la elaboración de un documento temático sobre la trata de personas en situaciones de conflicto, la creación del equipo de tareas sobre la lucha contra la trata en las actividades humanitarias en el Grupo Temático Mundial sobre Protección, la elaboración por la UNODC de un sistema estructurado de recopilación de datos sobre la trata de personas en el contexto de los conflictos armados, incluso mediante la publicación del informe mundial de 2016 sobre la trata de personas, y la inclusión, cuando proceda, en la evaluación sobre los países realizada por la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo, en el marco de su mandato vigente, con la orientación normativa del Comité contra el Terrorismo y en estrecha cooperación con la UNODC y otras entidades pertinentes, de información relativa a la labor de los Estados Miembros para abordar la cuestión de la trata de personas cuando se comete con el fin de apoyar el terrorismo, en particular mediante la financiación o el reclutamiento para la comisión de actos terroristas, Recordando la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, y su Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que contiene la primera definición convenida a nivel internacional del delito de trata de personas y proporciona un marco para prevenir y combatir esa trata de forma eficaz, y recordando también el Plan de Acción Mundial de las Naciones Unidas para Combatir la Trata de Personas, Reconociendo que la trata de personas en las zonas afectadas por conflictos armados y situaciones posteriores a conflictos puede tener por objeto diversas formas de explotación, incluida la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos; reconociendo también que la 17-20704 (S) *1720704*

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