A/RES/73/247
Cooperación para el desarrollo industrial
Naciones Unidas para el desarrollo encaminadas a apoyar a los países en sus esfu erzos
por implementar la Agenda 2030,
Reafirmando además su resolución 69/313, de 27 de julio de 2015, relativa a la
Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la
Financiación para el Desarrollo, que es parte integral de la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible, le sirve de apoyo y complemento, ayuda a contextualizar las
metas relativas a sus medios de implementación con políticas y medidas concretas y
reafirma el resuelto compromiso político de hacer frente al problema de la
financiación y de la creación de un entorno propicio a todos los niveles para el
desarrollo sostenible, en un espíritu de alianza y solidaridad mundiales,
Reconociendo que las alianzas entre interesados múltiples y los recursos, los
conocimientos y el ingenio del sector privado, la sociedad civil, la comunidad
científica, el mundo académico, las entidades filantrópicas y las fundaciones, los
parlamentos, las autoridades locales, los voluntarios y otros interesados serán
importantes para movilizar e intercambiar conocimientos, pericia, tecnología y
recursos financieros y complementar los esfuerzos de los Gobiernos,
Reafirmando el Acuerdo de París 1, y alentando a todas las partes en él a que lo
apliquen plenamente y a las partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas
sobre el Cambio Climático 2 que aún no lo hayan hecho a que depositen cuanto antes
sus instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, según corresponda,
Reafirmando también la Nueva Agenda Urbana, aprobada en la Conferencia de
las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano Sostenible (Hábitat III),
que se celebró en Quito en octubre de 2016 3,
Tomando nota de los documentos finales del 14º período de sesiones de la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, celebrada en
Nairobi en julio de 2016 4,
Recordando su resolución 70/293, de 25 de julio de 2016, relativa al Tercer
Decenio del Desarrollo Industrial para África (2016 -2025), en la que destacó la
necesidad de que el continente africano adoptara medidas urgentes en apoyo d e la
industrialización inclusiva y sostenible de África a fin de construir infraestructuras
resilientes, promover la industrialización inclusiva y sostenible y fomentar la
innovación, así como alcanzar otros Objetivos de Desarrollo Sostenible pertinentes
de la Agenda 2030,
Recordando también su resolución 72/233, de 20 de diciembre de 2017, relativa
a la aplicación del Segundo Decenio de las Naciones Unidas para la Erradicación de
la Pobreza (2008-2017), en la que puso de relieve la función esencial del desarrollo
industrial inclusivo y sostenible, como parte de una estrategia integral de
transformación económica estructural, en la erradicación de la pobreza,
Recordando además el 15º período de sesiones de la Conferencia General de la
Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial, celebrado en Lima
en diciembre de 2013, y la Declaración de Lima: hacia un desarrollo industrial inclusivo
y sostenible 5, en que la Conferencia General reafirmó en particular el mandato singular
encomendado a la Organización y sentó las bases de su labor futura para ayudar a los
Estados miembros a lograr un desarrollo industrial inclusivo y sostenible ,
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Aprobado en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
como consta en el documento FCCC/CP/2015/10/Add.1, decisión 1/CP.21.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1771, núm. 30822.
Resolución 71/256, anexo.
TD/519, TD/519/Add.1, TD/519/Add.2 y TD/519/Add.2/Corr.1.
Véase GC.15/INF/4, resolución GC.15/Res.1.
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