A/RES/74/214 Turismo sostenible y desarrollo sostenible en Asia Central Reafirmando su resolución 70/1, de 25 de septiembre de 2015, titulada “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, en la que adoptó un amplio conjunto de Objetivos de Desarrollo Sostenible y metas universales y transformativos, de gran alcance y centrados en las personas, su compromiso de trabajar sin descanso a fin de conseguir la plena implementación de la Agenda a más tardar en 2030, su reconocimiento de que la erradicación de la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable para el desarrollo sostenible, y su compromiso de lograr el desarrollo sostenible en sus tres dimensiones —económica, social y ambiental— de forma equilibrada e integrada y de que se aprovecharán los logros de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y se procurará abordar los asuntos pendientes, Reafirmando también su resolución 69/313, de 27 de julio de 2015, relativa a la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacion al sobre la Financiación para el Desarrollo, que es parte integral de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, le sirve de apoyo y complemento, ayuda a contextualizar las metas relativas a sus medios de implementación con políticas y medidas concretas y reafirma el resuelto compromiso político de hacer frente al problema de la financiación y de la creación de un entorno propicio a todos los niveles para el desarrollo sostenible, en un espíritu de alianza y solidaridad mundiales, Reafirmando además el Acuerdo de París 5 y su pronta entrada en vigor, alentando a todas las partes en el Acuerdo a que lo apliquen plenamente y alentando a las partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 6 que aún no lo hayan hecho a que depositen cuanto antes sus instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, según corresponda, Reconociendo que el turismo sostenible puede contribuir directamente a la conservación de áreas y hábitats naturales ambientalmente vulnerables a trav és de una variedad de actividades y creando conciencia de la importancia de la diversidad biológica, destacando la necesidad urgente de hacer frente al declive sin precedentes de la diversidad biológica en todo el mundo, y aguardando con interés la celebra ción de una cumbre sobre la diversidad biológica a nivel de Jefes y Jefas de Estado y de Gobierno, con los recursos disponibles, antes de la 15ª reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio que se celebrará en 2020, a fin de poner de relieve la urgencia de adoptar medidas a los niveles más altos en apoyo de un marco mundial para la diversidad biológica después de 2020 que contribuya a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y ponga a la comunidad mundial en la senda hacia el logro de la Visión 2050 para la Diversidad Biológica, Reconociendo también la importante dimensión del turismo sostenible y su papel como instrumento positivo para lograr la mejora de la calidad de vida de todas las personas, así como su contribución al desarrollo sostenible, especialmente en los países en desarrollo, y a la erradicación de la pobreza y la protección del medio ambiente, Reconociendo además que el turismo sostenible, incluidos el ecoturismo, el turismo de montaña y el turismo rural, es una actividad tran sversal que puede contribuir al logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, entre otras cosas fomentando el crecimiento económico, mitigando la pobreza, creando empleo pleno y productivo y trabajo decente para todos, promoviendo la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas, y aumentando los ingresos de la __________________ 5 6 2/4 Aprobado en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático como consta en el documento FCCC/CP/2015/10/Add.1, decisión 1/CP.21, anexo. Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1771, núm. 30822. 19-22428

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