A/RES/74/214
Turismo sostenible y desarrollo sostenible en Asia Central
Reafirmando su resolución 70/1, de 25 de septiembre de 2015, titulada
“Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, en la
que adoptó un amplio conjunto de Objetivos de Desarrollo Sostenible y metas
universales y transformativos, de gran alcance y centrados en las personas, su
compromiso de trabajar sin descanso a fin de conseguir la plena implementación de
la Agenda a más tardar en 2030, su reconocimiento de que la erradicación de la
pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor
desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable para el
desarrollo sostenible, y su compromiso de lograr el desarrollo sostenible en sus tres
dimensiones —económica, social y ambiental— de forma equilibrada e integrada y
de que se aprovecharán los logros de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y se
procurará abordar los asuntos pendientes,
Reafirmando también su resolución 69/313, de 27 de julio de 2015, relativa a la
Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacion al sobre la
Financiación para el Desarrollo, que es parte integral de la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible, le sirve de apoyo y complemento, ayuda a contextualizar las
metas relativas a sus medios de implementación con políticas y medidas concretas y
reafirma el resuelto compromiso político de hacer frente al problema de la
financiación y de la creación de un entorno propicio a todos los niveles para el
desarrollo sostenible, en un espíritu de alianza y solidaridad mundiales,
Reafirmando además el Acuerdo de París 5 y su pronta entrada en vigor,
alentando a todas las partes en el Acuerdo a que lo apliquen plenamente y alentando
a las partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio
Climático 6 que aún no lo hayan hecho a que depositen cuanto antes sus instrumentos
de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, según corresponda,
Reconociendo que el turismo sostenible puede contribuir directamente a la
conservación de áreas y hábitats naturales ambientalmente vulnerables a trav és de una
variedad de actividades y creando conciencia de la importancia de la diversidad
biológica, destacando la necesidad urgente de hacer frente al declive sin precedentes
de la diversidad biológica en todo el mundo, y aguardando con interés la celebra ción
de una cumbre sobre la diversidad biológica a nivel de Jefes y Jefas de Estado y de
Gobierno, con los recursos disponibles, antes de la 15ª reunión de la Conferencia de
las Partes en el Convenio que se celebrará en 2020, a fin de poner de relieve la
urgencia de adoptar medidas a los niveles más altos en apoyo de un marco mundial
para la diversidad biológica después de 2020 que contribuya a la Agenda 2030 para
el Desarrollo Sostenible y ponga a la comunidad mundial en la senda hacia el logro
de la Visión 2050 para la Diversidad Biológica,
Reconociendo también la importante dimensión del turismo sostenible y su
papel como instrumento positivo para lograr la mejora de la calidad de vida de todas
las personas, así como su contribución al desarrollo sostenible, especialmente en los
países en desarrollo, y a la erradicación de la pobreza y la protección del medio
ambiente,
Reconociendo además que el turismo sostenible, incluidos el ecoturismo, el
turismo de montaña y el turismo rural, es una actividad tran sversal que puede
contribuir al logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, entre otras cosas
fomentando el crecimiento económico, mitigando la pobreza, creando empleo pleno
y productivo y trabajo decente para todos, promoviendo la igualdad de género y el
empoderamiento de las mujeres y las niñas, y aumentando los ingresos de la
__________________
5
6
2/4
Aprobado en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
como consta en el documento FCCC/CP/2015/10/Add.1, decisión 1/CP.21, anexo.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1771, núm. 30822.
19-22428