A/RES/76/205
Protección del clima mundial para las generaciones presentes y futuras
Recordando además el Acuerdo de París, que, según su artículo 2, párrafo 2, se
aplicará de modo que refleje la equidad y el principio de las responsabilidades
comunes pero diferenciadas y las capacidades respectivas, a la luz de las diferentes
circunstancias nacionales,
Preocupada porque una prolongada desaceleración de la economía tras la
pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) repercutirá negativamente en
la aplicación del Acuerdo de París y la capacidad de los países, en particular los países
en desarrollo, para responder de manera adecuada a los efectos adversos del cambio
climático, poniendo de relieve que, en la respuesta a la crisis, los países deben
mantener los Objetivos de Desarrollo Sostenible y los compromisos relativos al clima
en el centro de su atención, tomando nota con preocupación de las conclusiones
incluidas en la contribución del Grupo de Trabajo I al Sexto Informe de Evaluación
del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático, tomando nota
del informe “United in Science 2021”, compilado por la Organización Meteorológica
Mundial, y poniendo de relieve la importancia de que los países mantengan los
compromisos asumidos con respecto a la aplicación del Acuerdo de París,
Observando con gran preocupación que la pandemia de enfermedad por
coronavirus (COVID-19) ha tenido repercusiones negativas severas en la salud, la
seguridad y el bienestar humanos, ha causado graves trastornos en las sociedades y
las economías y ha tenido efectos devastadores en las vidas y los medios de
subsistencia, y que los más pobres y los más vulnerables son los más afectados por
ella, reafirmando la aspiración de volver a encaminar los esfuerzos para lograr los
Objetivos de Desarrollo Sostenible concibiendo y aplicando estrategias de
recuperación sostenibles e inclusivas para acelerar el progreso hacia la plena
implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y ayudar a reducir
el riesgo de perturbaciones, crisis y pandemias futuras y a crear resiliencia frente a
ellas, incluso fortaleciendo los sistemas de salud y logrando la cobertura sanitaria
universal, y reconociendo que el acceso equitativo y oportuno de todos a vacunas,
tratamientos y pruebas diagnósticas contra la COVID-19 seguros, de calidad, eficaces
y asequibles es parte esencial de una respuesta mundial basada en la unidad,
la solidaridad, la cooperación multilateral renovada y el principio de no dejar a
nadie atrás,
Reconociendo que la adopción de medidas de adaptación al cambio climático es
una prioridad urgente y un desafío mundial al que se enfrentan todos los países, sobre
todo los países en desarrollo, en especial aquellos que son particularmente
vulnerables a los efectos adversos del cambio climático, reconociendo también que la
necesidad actual de adaptación es considerable y que un incremento de los niveles de
mitigación puede reducir la necesidad de esfuerzos adicionales de adaptación, y
teniendo presente que en el suministro de un mayor nivel de recursos financieros se
debería buscar un equilibrio entre la adaptación y la mitigación,
Recordando la Declaración del Milenio 3, la Declaración de Johannesburgo sobre
el Desarrollo Sostenible 4 y el Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre
Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (Plan de Aplicación de las Decisiones de
Johannesburgo) 5, el Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 6, el documento
final de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible,
celebrada en Río de Janeiro (Brasil) del 20 al 22 de junio de 2012, titulado “El futuro
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Resolución 55/2.
Informe de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, Johannesburgo (Sudáfrica),
26 de agosto a 4 de septiembre de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta
S.03.II.A.1 y correcciones), cap. I, resolución 1, anexo.
Ibid., resolución 2, anexo.
Resolución 60/1.
21-19256