Actividades operacionales del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo A/RES/73/248 financiación y de la creación de un entorno propicio a todos los niveles para el desarrollo sostenible, en un espíritu de alianza y solidaridad mundiales, Acogiendo con beneplácito el Acuerdo de París 1 y alentando a todas las partes en él a que lo apliquen plenamente y a las partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 2 que aún no lo hayan hecho a que depositen cuanto antes sus instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, según corresponda, Reafirmando la importancia de la revisión cuadrienal amplia de la política relativa a las actividades operacionales, mediante la cual establece las principales orientaciones normativas estratégicas de la cooperación para el desarrollo que debe seguir el sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo, así como las modalidades operacionales de esa cooperación y las modalidades de la cooperación en los diferentes países, 1. Toma nota con aprecio de los informes del Secretario General sobre la aplicación de la resolución 71/243 de la Asamblea General en todo el sistema 3, y acoge con beneplácito sus iniciativas en relación con el nuevo posici onamiento del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo; 2. Solicita al Secretario General y a todas las entidades del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo que velen por la plena aplicación de las resoluciones de la Asamblea General 71/243 y 72/279, y destaca la urgencia de cumplir los mandatos que figuran en los párrafos 4, 15, 19, 29 y 30 de su resolución 72/279, respecto de los cuales se requiere la presentación de informes durante la serie de sesiones del Consejo Económico y Social sobre actividades operacionales para el desarrollo que se celebrará en mayo de 2019; 3. Destaca la necesidad de hacer plenamente efectivas las tres fuentes de financiación que figuran en el párrafo 10 de su resolución 72/279, poniendo de relieve que la financiación suficiente, previsible y sostenible del sistema de coordinadores residentes sigue siendo una preocupación y es esencial para poder ofrecer una respuesta coherente, efectiva, eficaz y adaptada a las necesidades y prioridades nacionales y rendir cuentas al respecto, y solicita al Secretario General que garantice la gestión independiente y transparente del fondo fiduciario específico establecido para el sistema revitalizado de coordinadores residentes; 4. Insta encarecidamente a todos los Estados Miembros a que de manera oportuna hagan contribuciones voluntarias al fondo fiduciario establecido específicamente para financiar la revitalización del sistema de coordinadores residentes durante el período inicial; 5. Pone de relieve la necesidad de que se realicen plenamente y de manera oportuna las ganancias en eficiencia previstas en el informe del Secretario General 4 y de que se reasignen esas ganancias a las actividades de desarrollo, en particular a las labores de coordinación; 6. Exhorta a las organizaciones competentes del sistema de las Naciones Unidas a que, en el marco de sus respectivos mandatos y recursos, se aseguren de que no se deje atrás a nadie ni a ningún país en la aplicación de la presente resolución; 7. Solicita al Secretario General que informe al Consejo Económico y Social sobre los progresos realizados en la aplicación de los mandatos que figuran en las __________________ 1 2 3 4 2/3 Aprobado en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático como consta en el documento FCCC/CP/2015/10/Add.1, decisión 1/CP.21. Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1771, núm. 30822. A/72/124-E/2018/3, A/72/684-E/2018/7 y A/73/63-E/2018/8. A/72/684-E/2018/7. 18-22626

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