A/HRC/RES/51/14
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
11 de octubre de 2022
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
51er período de sesiones
12 de septiembre a 7 de octubre de 2022
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 6 de octubre de 2022
51/14.
El papel de la prevención en la promoción y la protección
de los derechos humanos: el estado de derecho
y la rendición de cuentas
El Consejo de Derechos Humanos,
Reafirmando los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y la
consiguiente obligación de los Estados de promover el respeto universal y la observancia de
los derechos humanos y las libertades fundamentales,
Reafirmando también la Declaración Universal de Derechos Humanos y la
Declaración y el Programa de Acción de Viena y recordando el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales y otros instrumentos de derechos humanos, así como los documentos finales de
las grandes conferencias de las Naciones Unidas,
Recordando sus resoluciones 14/5, de 17 de junio de 2010, 18/13, de 29 de septiembre
de 2011, 24/16, de 27 de septiembre de 2013, 33/6, de 29 de septiembre de 2016, y 42/6, de
26 de septiembre de 2019, así como sus resoluciones 5/1 y 5/2, de 18 de junio de 2007,
y 16/21, de 25 de marzo de 2011, y otras resoluciones pertinentes aprobadas por el Consejo
de Derechos Humanos y la Asamblea General,
Reafirmando que todos los derechos humanos son universales, indivisibles e
interdependientes, están relacionados entre sí y se refuerzan mutuamente, y que se deben
tratar todos los derechos humanos de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y dándoles
a todos el mismo peso,
Expresando preocupación por las incesantes violaciones y abusos contra los derechos
humanos y las vulneraciones del derecho internacional humanitario en todo el mundo, y
destacando la necesidad de redoblar los esfuerzos para prevenir estas violaciones y abusos y
garantizar la rendición de cuentas y la justicia,
Recordando la función del Consejo de Derechos Humanos en la prevención de las
violaciones de los derechos humanos y que su labor debe guiarse por los principios de
universalidad, imparcialidad, objetividad y no selectividad, diálogo internacional
constructivo y cooperación, de conformidad con la resolución 60/251 de la Asamblea
General, de 15 de marzo de 2006,
GE.22-16421 (S)
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