S/RES/2395 (2017)
Naciones Unidas
Consejo de Seguridad
Distr. general
21 de diciembre de 2017
Resolución 2395 (2017)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 8146ª sesión,
celebrada el 21 de diciembre de 2017
El Consejo de Seguridad,
Recordando, en particular, las resoluciones 1535 (2004), 1787 (2007), 1805
(2008), 1963 (2010), y 2129 (2013), que se refieren a la Dirección Ejecutiva del
Comité contra el Terrorismo, y reafirmando el papel decisivo de su Comité contra el
Terrorismo y la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo para garantizar
la plena aplicación de la resolución 1373 (2001), y reafirmando sus resoluciones
1267 (1999), 1325 (2000), 1368 (2001), 1566 (2004), 1624 (2005), 1894 (2009),
2106 (2013), 2122 (2013), 2133 (2014), 2150 (2014), 2170 (2014), 2178 (2014),
2185 (2014), 2195 (2015), 2199 (2015), 2220 (2015), 2242 (2015)), 2249 (2015),
2253 (2015), 2309 (2016), 2322 (2016), 2331 (2016), 2341 (2017), 2347 (2017),
2354 (2017), 2368 (2017), 2370 (2017), 2379 (2017), 2388 (2017) y las
declaraciones pertinentes de su Presidencia,
Reafirmando que el terrorismo en todas sus formas y manifestaciones
constituye una de las amenazas más graves para la paz y la seguridad
internacionales y que los actos de terrorismo son criminales e injustificables,
cualquiera que sea su motivación y dondequiera y por quienquiera que sean
cometidos, y resuelto a seguir contribuyendo a reforzar la eficacia de todos los
esfuerzos por luchar contra este flagelo a nivel mundial,
Reconociendo que el terrorismo constituye una amenaza a la paz y la
seguridad internacionales y que para afrontar esta amenaza hacen falta esfuerzos
colectivos a nivel nacional, regional e internacional sobre la base del respeto del
derecho internacional y la Carta de las Naciones Unidas,
Reconociendo que el terrorismo no será derrotado únicamente mediante la
fuerza militar, las medidas de aplicación de la ley y las operaciones de inteligencia,
y subrayando la necesidad de abordar las condiciones que favorecen la propagación
del terrorismo, como se indica en los pilares I y IV de la Estrategia Gl obal de las
Naciones Unidas contra el Terrorismo (A/RES/60/288), incluida, entre otras, la
necesidad de fortalecer los esfuerzos dirigidos a la prevención satisfactoria y la
solución pacífica de los conflictos prolongados, y la necesidad de promover el
estado de derecho, la protección de los derechos humanos y las libertades
fundamentales, la buena gobernanza, la tolerancia y la inclusión con objeto de
ofrecer una alternativa viable a las personas susceptibles de ser reclutadas por los
terroristas y sufrir una radicalización conducente a la violencia,
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