A/RES/74/258 Administración de justicia en las Naciones Unidas Consejo de Justicia Interna sobre la administración de justicia en las Naciones Unidas 3 y el informe conexo de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto 4; 2. Hace suyas las conclusiones y recomendaciones que figuran en el informe de la Comisión Consultiva, con sujeción a lo dispuesto en la presente resolución; I Sistema de administración de justicia 3. Pone de relieve la importancia del principio de la independencia judicial en el sistema de administración de justicia; 4. Destaca la importancia de que todos los funcionarios tengan acceso al sistema de administración de justicia, cualquiera que sea su lugar de destino ; 5. Reconoce que el sistema de administración de justicia sigue evolucionando y que es necesario vigilar cuidadosamente su aplicación a fin de asegurar que se mantenga dentro de los parámetros establecidos por la Asamblea General; 6. Reafirma su decisión, que figura en el párrafo 4 de su resolución 61/261, de establecer un nuevo sistema de administración de justicia, independiente, transparente, profesional, con recursos suficientes y descentralizado, conforme con las normas pertinentes del derecho internacional y con los principios de legalidad y del debido proceso, para asegurar que se respeten los derechos y las obligaciones de los funcionarios y que los administradores y los funcionarios respondan por igual de sus actos; 7. Acoge con beneplácito los esfuerzos en curso en materia de actividades de extensión e insta al Secretario General a que continúe aplicando su estrategia de extensión con miras a seguir creando conciencia sobre el papel y el funcionamiento de las distintas partes del sistema y las posibilidades que este ofrece de atender las denuncias relacionadas con el trabajo, prestando especial atención a las misiones y las oficinas sobre el terreno; 8. Solicita al Secretario General que continúe asegurándose de que exista una sólida cultura de rendición de cuentas en toda la Secretaría y de que el personal de todas las categorías que pueda haber sido objeto de conductas prohibidas en una situación relacionada con el trabajo tenga acceso a reparaciones efec tivas 6; 9. Observa los esfuerzos en curso por fortalecer constantemente la política de protección contra las represalias por denunciar faltas de conducta y por cooperar con auditorías o investigaciones debidamente autorizadas 7, y, a ese respecto, solicita al Secretario General que, en el contexto de su próximo informe sobre el sistema de administración de justicia, informe sobre los progresos realizados para proteger contra represalias a los funcionarios que presentan casos ante el Tribunal Contencioso-Administrativo y el Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas; 10. Reitera que las represalias contra los demandantes o miembros del personal que comparecieran como testigos constituye una falta de conducta, y toma nota con reconocimiento de la política de protección contra las represalias por denunciar faltas de conducta y por cooperar con auditorías o investigaciones debidamente autorizadas, así como los esfuerzos por mejorar constantemente el marco de protección contra las represalias; __________________ 6 7 2/6 ST/SGB/2019/8. ST/SGB/2017/2/Rev.1. 19-22724

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