A/RES/75/184
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
28 de diciembre de 2020
Septuagésimo quinto período de sesiones
Tema 72 b) del programa
Promoción y protección de los derechos humanos:
cuestiones de derechos humanos, incluidos otros medios
de mejorar el goce efectivo de los derechos humanos y
las libertades fundamentales
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 16 de diciembre de 2020
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/75/478/Add.2, párr. 89)]
75/184.
Las personas desaparecidas
La Asamblea General,
Guiada por los propósitos, principios y disposiciones de la Carta de las Naciones
Unidas,
Guiada también por los principios y las normas del derecho internacional
humanitario, en particular los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949 1 y sus
Protocolos adicionales de 1977 2 , as como los instrumentos internacionales de
derechos humanos, en particular la Declaración Universal de Derechos Humanos 3, el
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 4 , el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Pol ticos 5, la Convención sobre la Eliminación
de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer 6, la Convención sobre los
Derechos del Niño 7 y la Declaración y el Programa de Acción de Viena aprobados por
la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 1993 8,
Recordando la adhesión de 63 Estados a la Convención Internacional para la
Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas 9, y exhortando
a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren, como cuestión prioritaria,
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20-17328 (S)
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 75, núms. 970 a 973.
Ibid., vol. 1125, núms. 17512 y 17513.
Resolución 217 A (III).
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
Ibid.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1249, núm. 20378.
Ibid., vol. 1577, núm. 27531.
A/CONF.157/24 (Part I), cap. III.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2716, núm. 48088.
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