A/RES/73/154
Protección de los niños contra el acoso
género y que ofrezcan entornos de aprendizaje seguros, no violentos, inclusivos y
eficaces para todos los niños, y recalcando la importancia de su implementación para
asegurar el disfrute de los derechos de la infancia,
Reconociendo que el 30º aniversario de la Convención sobre los Derechos del
Niño, el examen por el foro político de alto nivel sobre el desarr ollo sostenible de los
Objetivos 4 y 16 y el primer examen global por la Asamblea General de la
implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que tendrán lugar
en 2019, presentan oportunidades estratégicas de reforzar la acción y acelerar los
progresos hacia la prevención y la eliminación del acoso y de todas las formas de
violencia contra los niños,
Acogiendo con beneplácito la presentación de la información sobre los
esfuerzos de aplicación nacionales para el informe del Secretario General 6, y tomando
nota del informe y de las conclusiones y recomendaciones que figuran en él,
Reconociendo la importancia de las iniciativas y alianzas internacionales,
regionales y bilaterales de múltiples interesados para impulsar la protección y la
promoción efectivas de los derechos de la infancia y la eliminación de la violencia
contra los niños, incluidas todas las formas de acoso, y observando con aprecio a este
respecto las iniciativas de, entre otras cosas, la Alianza Mundial para Acabar con la
Violencia Contra los Niños y la Alianza Mundial WeProtect,
Observando la organización de consultas de expertos a nivel regional,
promovidas por los Estados Miembros, con el fin de concienciar sobre los efectos del
acoso en los derechos de la infancia y compartir experiencias y mejores prácticas, que
se reseñan en el informe del Secretario General,
Acogiendo con beneplácito la preparación de planes de acción y campañas de
concienciación nacionales y subnacionales y la promulgación de leyes por varios
Estados Miembros para prevenir la violencia y el acoso, incluido el ciberacoso, en el
entorno escolar y darles respuesta,
Reconociendo que el acoso, incluido el ciberacoso, puede adoptar formas tanto
directas como indirectas, desde actos de violencia o agresió n física, verbal, sexual y
en las relaciones hasta la exclusión social, incluso entre pares, que pueden infligir
daños físicos, psicológicos y sociales, y que, si bien las tasas varían de un país a otro,
el acoso, en línea o en persona, tiene efectos negativos en el goce efectivo de los
derechos de la infancia y es una de las principales preocupaciones de los niños, afecta
a un porcentaje elevado de niños y pone en peligro su salud, su bienestar emocional
y su desempeño académico, y reconociendo asimismo la necesidad de prevenir y
eliminar el acoso entre los niños,
Reconociendo también la importancia de que se generen información y datos
estadísticos adecuados sobre el acoso desglosados por ingresos, sexo, edad, raza,
origen étnico, estatus migratorio, discapacidad y ubicación geográfica y otras
características pertinentes a nivel nacional,
Preocupada porque existe acoso en todas las partes del mundo y porque los
niños que son víctimas de tales prácticas pueden estar más expuestos al riesgo de que
su salud, su bienestar emocional y su rendimiento académico se vean comprometidos
y a una amplia gama de problemas emocionales o físicos, así como a los efectos que
el acoso puede tener a largo plazo sobre su capacidad de aprovechar su propio
potencial,
Preocupada también porque el acoso se asocia a consecuencias muy duraderas
que persisten en la edad adulta,
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