A/RES/77/189
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
30 de diciembre de 2022
Septuagésimo séptimo período de sesiones
Tema 25 b) del programa
Desarrollo social: desarrollo social, incluidas las
cuestiones relativas a la situación social en el mundo
y a la juventud, el envejecimiento, las personas con
discapacidad y la familia
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 15 de diciembre de 2022
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/77/455, párr. 32)]
77/189.
El desarrollo inclusivo para y con las personas con discapacidad
La Asamblea General,
Recordando su resolución 75/154, de 16 de diciembre de 2020, y sus
resoluciones anteriores pertinentes, incluidas las relativas a todos los objetivos de
desarrollo convenidos internacionalmente, así como las resoluciones pertinentes del
Consejo de Derechos Humanos y del Consejo Económico y Social y sus comisiones
orgánicas, y destacando la necesidad de su plena aplicación y ejecución para y con
las personas con discapacidad, a fin de velar por el desarrollo inclusivo para y con las
personas con discapacidad,
Reafirmando la Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad 1, que aprobó el 13 de diciembre de 2006 y que entró en vigor el 3 de
mayo de 2008, convención histórica en la que se afirman los derechos humanos y la s
libertades fundamentales de las personas con discapacidad, reconociendo que es un
instrumento tanto de derechos humanos como de desarrollo, alentando su ratificación
por los Estados Miembros y su aplicación por los Estados partes, y tomando nota del
Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad 2,
Reafirmando también la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 3 , que
incluye a las personas con discapacidad y en la que los Estados Miembros se
comprometieron a no dejar a nadie atrás, y reconociendo que los Estados Miembros,
al aplicar la Agenda 2030, deberían entre otras cosas respetar, proteger y promover
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1
2
3
22-28885 (S)
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2515, núm. 44910.
Ibid., vol. 2518, núm. 44910.
Resolución 70/1.
281222
*2228885*
050123