A/RES/73/139 Fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria de emergencia que prestan las Naciones Unidas vulnerabilidad de las personas, reduciendo al mismo tiempo su capacidad para resistir las crisis humanitarias, Recalcando que, a fin de asegurar una transición sin tropiezos del socorro a la rehabilitación y el desarrollo, es necesario ajustar mejor, cuando proceda, la asistencia humanitaria y para el desarrollo a las prioridades y estrategias nacionales de desarrollo, y alentando a los Estados Miembros, así como al sist ema de las Naciones Unidas y las organizaciones regionales que prestan apoyo a la labor de los Estados Miembros, a que ataquen las causas profundas de las crisis humanitarias, incluid as la pobreza y el subdesarrollo, potencien la resiliencia de los Estado s afectados, incluidas las comunidades de acogida, y reduzcan las necesidades humanitarias, Preocupada por la creciente disparidad entre las necesidades humanitarias y los recursos humanitarios, acogiendo con beneplácito las aportaciones de donantes no tradicionales, y poniendo de relieve la necesidad de movilizar recursos suficientes, previsibles, oportunos y flexibles para la prestación de asistencia humanitaria, conforme y en proporción a las necesidades y los riesgos detectados, a fin de planificar y prepararse para las emergencias humanitarias, mitigarlas, responder a ellas y recuperarse, Reconociendo, a este respecto, los importantes logros del Fondo Central para la Acción en Casos de Emergencia en la facilitación de asistencia vital a las personas afectadas por crisis al suministrar financiación oportuna y permitir así que las organizaciones humanitarias y sus asociados en la ejecución actúen con rapidez cuando se producen tragedias y dirijan recursos a crisis que no reciben la atención que necesitan y merecen, poniendo de relieve la necesidad de ampliar y diversificar la base de ingresos del Fondo y acogiendo con beneplácito, a este respecto, el llamamiento del Secretario General para que el Fondo aumente hasta alcanzar los 1.000 millones de dólares de los Estados Unidos, Reconociendo también los importantes logros de los fondos mancomunados para países concretos en la facilitación de asistencia a las personas necesitadas, haciendo notar el llamamiento del Secretario General a los donantes para que aumenten la proporción de la financiación de llamamientos humanitarios entregada a través de los fondos mancomunados para países concretos, y haciendo notar también que otros mecanismos de financiación común pueden hacer contribuciones importantes, Poniendo de relieve que fortalecer el análisis de las necesidades, la gestión de riesgos y la planificación estratégica, en coordinación con los Estados afectados, por medios como la utilización de datos abiertos y desglosados, es un elemento crucial para garantizar una respuesta colectiva con mejor conocimiento de causa y más eficaz y transparente a las necesidades de las personas afectadas por las crisis, Reiterando la necesidad de que los Estados Miembros, las organizaciones competentes de las Naciones Unidas y demás agentes pertinentes incorporen la perspectiva de género en la asistencia humanitaria e integren la per spectiva de género en todas las iniciativas de reducción del riesgo de desastres, en particular atendiendo las necesidades específicas de las mujeres, las niñas, los hombres y los niños y promoviendo sus prioridades y capacidades de manera amplia y sistemá tica, y también respetando y protegiendo sus derechos, reconociendo que en las emergencias humanitarias las mujeres, las niñas y los niños corren mayores riesgos en cuanto a su seguridad, salud y bienestar, y reiterando también que es esencial asegurarse d e que las mujeres estén empoderadas para participar de forma efectiva y significativa en el liderazgo y los procesos de adopción de decisiones, Reiterando también la necesidad de que los Estados Miembros, las organizaciones competentes de las Naciones Unidas y demás agentes pertinentes 2/18 18-22071

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