A/RES/73/139
Fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria
de emergencia que prestan las Naciones Unidas
vulnerabilidad de las personas, reduciendo al mismo tiempo su capacidad para resistir
las crisis humanitarias,
Recalcando que, a fin de asegurar una transición sin tropiezos del socorro a la
rehabilitación y el desarrollo, es necesario ajustar mejor, cuando proceda, la asistencia
humanitaria y para el desarrollo a las prioridades y estrategias nacionales de
desarrollo, y alentando a los Estados Miembros, así como al sist ema de las Naciones
Unidas y las organizaciones regionales que prestan apoyo a la labor de los Estados
Miembros, a que ataquen las causas profundas de las crisis humanitarias, incluid as la
pobreza y el subdesarrollo, potencien la resiliencia de los Estado s afectados, incluidas
las comunidades de acogida, y reduzcan las necesidades humanitarias,
Preocupada por la creciente disparidad entre las necesidades humanitarias y los
recursos humanitarios, acogiendo con beneplácito las aportaciones de donantes no
tradicionales, y poniendo de relieve la necesidad de movilizar recursos suficientes,
previsibles, oportunos y flexibles para la prestación de asistencia humanitaria,
conforme y en proporción a las necesidades y los riesgos detectados, a fin de
planificar y prepararse para las emergencias humanitarias, mitigarlas, responder a
ellas y recuperarse,
Reconociendo, a este respecto, los importantes logros del Fondo Central para la
Acción en Casos de Emergencia en la facilitación de asistencia vital a las personas
afectadas por crisis al suministrar financiación oportuna y permitir así que las
organizaciones humanitarias y sus asociados en la ejecución actúen con rapidez
cuando se producen tragedias y dirijan recursos a crisis que no reciben la atención
que necesitan y merecen, poniendo de relieve la necesidad de ampliar y diversificar
la base de ingresos del Fondo y acogiendo con beneplácito, a este respecto, el
llamamiento del Secretario General para que el Fondo aumente hasta alcanzar los
1.000 millones de dólares de los Estados Unidos,
Reconociendo también los importantes logros de los fondos mancomunados
para países concretos en la facilitación de asistencia a las personas necesitadas,
haciendo notar el llamamiento del Secretario General a los donantes para que
aumenten la proporción de la financiación de llamamientos humanitarios entregada a
través de los fondos mancomunados para países concretos, y haciendo notar también
que otros mecanismos de financiación común pueden hacer contribuciones
importantes,
Poniendo de relieve que fortalecer el análisis de las necesidades, la gestión de
riesgos y la planificación estratégica, en coordinación con los Estados afectados, por
medios como la utilización de datos abiertos y desglosados, es un elemento crucial
para garantizar una respuesta colectiva con mejor conocimiento de causa y más eficaz
y transparente a las necesidades de las personas afectadas por las crisis,
Reiterando la necesidad de que los Estados Miembros, las organizaciones
competentes de las Naciones Unidas y demás agentes pertinentes incorporen la
perspectiva de género en la asistencia humanitaria e integren la per spectiva de género
en todas las iniciativas de reducción del riesgo de desastres, en particular atendiendo
las necesidades específicas de las mujeres, las niñas, los hombres y los niños y
promoviendo sus prioridades y capacidades de manera amplia y sistemá tica, y
también respetando y protegiendo sus derechos, reconociendo que en las emergencias
humanitarias las mujeres, las niñas y los niños corren mayores riesgos en cuanto a su
seguridad, salud y bienestar, y reiterando también que es esencial asegurarse d e que
las mujeres estén empoderadas para participar de forma efectiva y significativa en el
liderazgo y los procesos de adopción de decisiones,
Reiterando también la necesidad de que los Estados Miembros, las
organizaciones competentes de las Naciones Unidas y demás agentes pertinentes
2/18
18-22071