Fomento de la asistencia técnica y la creación de capacidad
para fortalecer las medidas nacionales y la cooperación
internacional contra la ciberdelincuencia, incluido
el intercambio de información
A/RES/74/173
para Abordar los Problemas Sociales y Económicos y Promover el Estado de Derecho
a Nivel Nacional e Internacional y la Participación Pública,
Acogiendo con beneplácito la resolución 26/4 de la Comisión de Prevención del
Delito y Justicia Penal, de 26 de mayo de 2017 1, en que la Comisión decidió que el
Grupo de Expertos encargado de Realizar un Estudio Exhaustivo sobre el Delito
Cibernético, de carácter intergubernamental y de composición abierta, dedicara sus
reuniones futuras a examinar de manera estructurada cada una de las cuestiones
principales que se abordaban en el proyecto de estudio exhaustivo sobre el delito
cibernético preparado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el
Delito bajo los auspicios del Grupo de Expertos, alentó al Grupo de Expertos a que
elaborara y le presentara posibles conclusiones y recomendaciones y solicitó a la
Oficina que reuniera periódicamente información sobre las novedades, los progresos
y las mejores prácticas que se hubieran observado,
Acogiendo con beneplácito también el plan de trabajo del Grupo de Expertos
para el período 2018-2021, que fue aprobado por el Grupo de Expertos en su cuarta
reunión, celebrada en Viena del 3 al 5 de abril de 2018,
Observando que el Grupo de Expertos dedicará su próxima reunión a la
cooperación internacional y la prevención, teniendo en cuenta la información sobre
esas cuestiones reflejada en el proyecto de estudio exhaustivo sobre el delito
cibernético, las observaciones presentadas por los Estados Miembros y los
acontecimientos recientes en los planos nacional e internaciona l,
Recordando su resolución 73/186, en la que, entre otras cosas, hizo notar con
aprecio la celebración de la cuarta reunión del Grupo de Expertos y exhortó a los
Estados Miembros a que apoyaran el plan de trabajo del Grupo de Expertos,
Recordando también su resolución 73/187, en la que solicitó al Secretario
General que recabase las opiniones de los Estados Miembros sobre los problemas a
que se enfrentaban en la lucha contra la utilización de las tecnologías de la
información y las comunicaciones con fines delictivos y que presentase un informe
basado en esas opiniones para examinarlo en su septuagésimo cuarto período de
sesiones,
Recordando además que, en su resolución 73/187, decidió incluir en el
programa provisional de su septuagésimo cuarto período de sesiones un tema titulado
“Lucha contra la utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones
con fines delictivos”,
Destacando la necesidad de mejorar la coordinación y la cooperación entre los
Estados Miembros en la lucha contra la ciberdelincuencia, lo que incluye prestar
asistencia técnica a los países en desarrollo que la soliciten para mejorar su legislación
nacional y reforzar la capacidad de sus autoridades nacionales para hacer frente a la
ciberdelincuencia en todas sus formas, por medios como su prevención, detección,
investigación y enjuiciamiento, poniendo de relieve en este contexto la función que
desempeñan las Naciones Unidas, en particular la Comisión de Prevención del Delito
y Justicia Penal, y reafirmando la importancia de respetar los derechos humanos y las
libertades fundamentales al utilizar las tecnologías de la información y las
comunicaciones,
Acogiendo con aprecio la labor del Grupo de Expertos y su énfasis en los debates
sustantivos entre profesionales y expertos de los Estados Miembros,
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Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2017, suplemento núm. 10
(E/2017/30), cap. I, secc. D.
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