A/RES/73/235
Armonía con la Naturaleza
dimensiones —económica, social y ambiental— de forma equilibrada e integrada y
de aprovechar los logros de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y procurar
abordar los asuntos pendientes,
Reafirmando también su resolución 69/313, de 27 de julio de 2015, relativa a la
Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la
Financiación para el Desarrollo, que es parte integral de la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible, le sirve de apoyo y complemento, ayuda a contextualizar las
metas relativas a sus medios de implementación con políticas y medidas concretas y
reafirma el resuelto compromiso político de hacer frente al problema de la
financiación y de la creación de un entorno propicio a todos los niveles para el
desarrollo sostenible, en un espíritu de alianza y solidaridad mundiales,
Recordando la Carta Mundial de la Naturaleza, de 1982 7,
Haciendo notar la Conferencia Mundial de los Pueblos sobre el Cambio
Climático y los Derechos de la Madre Tierra, organizada por el Estado Plurinacional
de Bolivia en Cochabamba del 20 al 22 de abril de 2010 8,
Reafirmando la Nueva Agenda Urbana, aprobada en la Conferencia de las
Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano Sostenible (Hábitat III),
que se celebró en Quito del 17 al 20 de octubre de 2016 9,
Recordando sus resoluciones 64/196, de 21 de diciembre de 2009, 65/164, de
20 de diciembre de 2010, 66/204, de 22 de diciembre de 2011, 67/214, de 21 de
diciembre de 2012, 68/216, de 20 de diciembre de 2013, 69/224, de 19 de diciembre
de 2014, 70/208, de 22 de diciembre de 2015, 71/232, de 21 de diciembre de 2016, y
72/223, de 20 de diciembre de 2017, relativas a la Armonía con la Naturaleza, y su
resolución 63/278, de 22 de abril de 2009, en que designó el 22 de abril Día
Internacional de la Madre Tierra,
Recordando también la decisión de la Conferencia de las Partes en la
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático en su
18º período de sesiones 10 titulada “Conclusión acordada de conformidad con el Plan
de Acción de Bali”, adoptada en Doha el 8 de diciembre de 2012, en la que la
Conferencia de las Partes, en la sección I, párrafo 2, entre otras cosas, tuvo en cuenta
los imperativos del acceso equitativo al desarrollo sostenible,
Recordando además el diálogo interactivo sobre la vida en armonía con la
naturaleza que tuvo lugar con motivo de la 13ª reunión de la Conferencia de las Partes
en el Convenio sobre la Diversidad Biológica, celebrada en Cancún (México) del 4 al
17 de diciembre de 2016,
Haciendo notar el primer decenio desde que se aprobó la Constitución del
Ecuador en Montecristi, en 2008, que fue la primera en que se incluyeron los derechos
de la naturaleza a nivel constitucional como parte del esfuerzo más amplio para
proteger y respetar la naturaleza,
Observando con aprecio el diálogo interactivo sobre la Armonía con la
Naturaleza convocado por el Presidente de la Asamblea General con el tema general
de la jurisprudencia de la Tierra en la implantación de modalidades de producción y
consumo sostenibles en armonía con la naturaleza, que se celebró el 23 de abril de
2018 en conmemoración del Día Internacional de la Madre Tierra y para inspirar a
los ciudadanos y las sociedades a reconsiderar el modo en que interactúan con el
mundo natural a fin de implementar los Objetivos de Desarrollo Sostenible en
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Resolución 37/7, anexo.
Véase A/64/777, anexos I y II.
Resolución 71/256, anexo.
FCCC/CP/2012/8/Add.1, decisión 1/CP.18.
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