A/RES/76/223
Las fibras vegetales naturales y el desarrollo sostenible
Observando también que la amplia variedad de fibras vegetales naturales que se
producen en numerosos países constituye una fuente significativa de ingresos para los
agricultores, por lo que estas fibras pueden desempeñar una importante función para
contribuir a la seguridad alimentaria y erradicar la pobreza y, por ende, ayudar a la
consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible,
Reafirmando el compromiso de lograr el desarrollo sostenible en sus tres
dimensiones —económica, social y ambiental— de forma equilibrada e integrada,
Reconociendo que la erradicación de la pobreza en todas sus formas y
dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor desafío a que se enfrenta el
mundo y constituye un requisito indispensable para el desarrollo sostenible,
Reafirmando la necesidad de lograr el desarrollo sostenible mediante la
producción y el uso sostenibles, entre otras cosas mediante la protección y la gestión
sostenible de los recursos naturales,
Poniendo de relieve que la producción y el uso sostenibles de fibras vegetales
naturales puede contribuir positivamente a los esfuerzos para lograr el desarrollo
sostenible, la mitigación de la pobreza y la mejora del bienestar humano, y para hacer
frente a la degradación ambiental y el cambio climático,
Destacando que las fibras vegetales naturales, al igual que cualquier otro
producto agrícola, deben producirse de manera que se respete el medio ambiente,
Recordando la Cumbre sobre la Acción Climática 2019, convocada por e l
Secretario General el 23 de septiembre, observando las iniciativas y los compromisos
de múltiples asociados que se presentaron durante la Cumbre, acogiendo con
beneplácito la celebración del 26º período de sesiones de la Conferencia de las Partes
en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, que tuvo
lugar en Glasgow (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) del 31 de octubre
al 13 de noviembre de 2021, tomando nota con aprecio de la Cumbre de las Naciones
Unidas sobre los Sistemas Alimentarios convocada por el Secretario General los días
23 y 24 de septiembre de 2021, y acogiendo con beneplácito la celebración de la
primera parte de la 15ª reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre
la Diversidad Biológica, celebrada virtualmente en Kunming (China) del 11 al 15 de
octubre de 2021, y esperando con interés la segunda parte de la reunión, que tendrá
lugar en 2022, y la adopción del marco mundial de la diversidad biológica posterior
a 2020 que contribuya a la Agenda 2030,
Poniendo de relieve que las soluciones basadas en la naturaleza pueden
contribuir, entre otras estrategias, a mitigar el cambio climático y a revertir la pérdida
de biodiversidad y, en este sentido, reconociendo la importante función que
desempeñan las soluciones basadas en la naturaleza a la hora de promover la
producción y el uso sostenibles de las fibras vegetales naturales,
Haciendo notar las contribuciones y los problemas que se plantean el desarrollo
sostenible como consecuencia del uso del plástico y las fibras artificiales, y haciendo
notar también la función que las fibras vegetales naturales pueden desempeñar a la
hora de abordar determinados desafíos económicos, sociales y ambientales que se
plantean al desarrollo sostenible,
Recordando las resoluciones 4/6, de 15 de marzo de 2019, titulada “Basura
plástica y microplásticos marinos” 7, y 4/9, de 15 de marzo de 2019, titulada “Combatir
la contaminación causada por productos de plástico desechables” 8, aprobadas por la
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UNEP/EA.4/Res.6.
UNEP/EA.4/Res.9.
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