A/RES/55/227 B personal local para ocupar los puestos del cuadro de servicios generales de la Misión, de acuerdo con las necesidades de ésta; 15. Decide consignar la suma de 413.361.800 dólares en cifras brutas (385.256.870 dólares en cifras netas) para el mantenimiento de la Misión durante el período comprendido entre el 1° de julio de 2001 y el 30 de junio de 2002, incluidas la suma de 12.098.009 dólares en cifras brutas (10.617.193 dólares en cifras netas) para la cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz y la suma de 1.263.791 dólares en cifras brutas (1.134.877 dólares en cifras netas) para la Base Logística de las Naciones Unidas, que se han de prorratear entre los Estados Miembros de conformidad con los niveles establecidos en la resolución 55/235 de la Asamblea General, modificada por la Asamblea en su resolución 55/236, de 23 de diciembre de 2000, aplicando la escala de cuotas para el año 20015 a una parte de esa suma, a saber 206.680.900 dólares en cifras brutas (192.628.435 dólares en cifras netas), correspondiente al período que terminará el 31 de diciembre de 2001, y la escala de cuotas para el año 20025 al resto, a saber, 206.680.900 dólares en cifras brutas (192.628.435 dólares en cifras netas), correspondiente al período comprendido entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2002; 16. Decide también que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 973 (X), de 15 de diciembre de 1955, se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo entre los Estados Miembros indicado en el párrafo 15 supra las partes que les correspondan en el Fondo de Nivelación de Impuestos de los ingresos por concepto de contribuciones del personal, estimados en 28.104.930 dólares, aprobados para la Misión respecto del período comprendido entre el 1° de julio de 2001 y el 30 de junio de 2002; 17. Decide además que, en el caso de los Estados Miembros que hayan cumplido sus obligaciones financieras con la Misión, se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo indicado en el párrafo 15 supra las partes que les correspondan del saldo no comprometido de 65.272.000 dólares en cifras brutas (57.860.300 dólares en cifras netas) correspondiente al período terminado el 30 de junio de 2000, con arreglo a la composición de los grupos indicada en los párrafos 3 y 4 de la resolución 43/232 de la Asamblea General, de 1° de marzo de 1989, modificada por la Asamblea en resoluciones y decisiones posteriores relativas al prorrateo especial de las consignaciones destinadas a las operaciones de mantenimiento de la paz, las últimas de las cuales son la resolución 52/230, de 31 de marzo de 1998, y las decisiones 54/456 a 54/458, de 23 de diciembre de 1999, para el período 1998-2000, y teniendo en cuenta la escala de cuotas para el año 2000 establecida en sus resoluciones 52/215 A, de 22 de diciembre de 1997, y 54/237 A, de 23 de diciembre de 1999; 18. Decide que, en el caso de los Estados Miembros que no hayan cumplido sus obligaciones financieras con la Misión, se deduzcan de sus obligaciones pendientes de pago las partes que les correspondan del saldo no comprometido de 65.272.000 dólares en cifras brutas (57.860.300 dólares en cifras netas) respecto del período terminado el 30 de junio de 2000, con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 17 supra; 19. Subraya que ninguna misión de mantenimiento de la paz se financiará tomando en préstamo fondos de otras misiones de mantenimiento de la paz en curso; 20. Alienta al Secretario General a seguir tomando nuevas medidas para garantizar la protección y la seguridad de todo el personal que participa en la Misión bajo los auspicios de las Naciones Unidas; 5 Véase la resolución 55/5 B. 3

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