A/RES/74/231
Cooperación para el desarrollo con los países de ingresos medianos
Reafirmando además el Acuerdo de París 1 y su pronta entrada en vigor,
alentando a todas las partes a que apliquen plenamente el Acuerdo, y a las partes en
la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 2 que aún no
lo hayan hecho a que depositen lo antes posible sus instrumentos de ratificación,
aceptación, aprobación o adhesión, según proceda,
Reafirmando el Marco de Sendái para la Reducción del Riesgo de Desastres
2015-2030 3, haciendo notar las conclusiones del Informe de evaluación global sobre
la reducción del riesgo de desastres de 2019, expresando preocupación por el hecho
de que el riesgo de desastres y las pérdidas económicas causadas por los desastres
están aumentando en muchos países de ingresos medianos, lo que socava la
financiación disponible para la inversión en el desarrollo sostenible y la estimulación
del crecimiento económico, y reconociendo que la financiación de las actividades de
reducción del riesgo de desastres y el fomento de la resiliencia ante las perturbaciones
económicas y ambientales siguen siendo un problema en muchos países de ingresos
medianos,
Acogiendo con beneplácito la Nueva Agenda Urbana, aprobada en la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano
Sostenible (Hábitat III), que se celebró en Quito (Ecuador) del 17 al 20 de octubre de
2016 4,
Recordando sus resoluciones 70/215, de 22 de diciembre de 2015, y 72/230, de
20 de diciembre de 2017,
Recordando también que en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible se
reconoce, entre otras cosas, que los países de ingresos medianos siguen teniendo
importantes dificultades para alcanzar el desarrollo sostenible y que, para mantener
los logros alcanzados hasta la fecha, deben redoblarse los esfuerzos por encarar los
desafíos actuales mediante el intercambio de experiencias, una mejor coordinación y
un mejor apoyo específico del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo, las
instituciones financieras internacionales, las organizaciones regionales y otros
interesados,
Reafirmando su resolución 71/243, de 21 de diciembre de 2016, relativa a la
revisión cuadrienal amplia de la política relativa a las actividades o peracionales del
sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo, en la que reconoció que los países
de ingresos medianos seguían enfrentándose a dificultades específicas en materia de
desarrollo,
Acogiendo con beneplácito los esfuerzos que está realizando el Secretario
General en relación con el nuevo posicionamiento del sistema de las Naciones Unidas
para el desarrollo, reconociendo los progresos logrados hasta la fecha en la ejecución
de los mandatos de su resolución 71/243 y su resolución 72/279, de 31 de mayo de
2018, y acogiendo con beneplácito a este respecto las deliberaciones sostenidas en la
serie de sesiones sobre actividades operacionales para el desarrollo del período de
sesiones de 2019 del Consejo Económico y Social,
Observando con aprecio la convocación de la reunión de alto nivel de la
Asamblea General para examinar las deficiencias y las dificultades a que se enfrentan
los países de ingresos medianos en la implementación de la Agenda 2030 para el
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Aprobado en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
en el documento FCCC/CP/2015/10/Add.1, decisión 1/CP.21.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1771, núm. 30822.
Resolución 69/283, anexo II.
Resolución 71/256, anexo.
19-22503