A/RES/77/90 Informe de la Comisión de Desarme respecto, así como de promover la aplicación de las decisiones pertinentes adoptadas por la Asamblea General en su décimo período extraordinario de sesiones, Recordando en particular su resolución 45/62 B, de 4 de diciembre de 1990, en la que observó con satisfacción la aprobación por consenso de un conj unto de “Métodos y recursos para realzar el funcionamiento de la Comisión de Desarme” 2, su decisión 52/492, de 8 de septiembre de 1998, relativa al funcionamiento eficiente de la Comisión, y su resolución 61/98, que dispone medidas adicionales para aumentar la eficacia de los métodos de trabajo de la Comisión, Reafirmando el mandato de la Comisión de Desarme como órgano subsidiario especializado y de deliberación de la Asamblea General que permite la celeb ración de deliberaciones exhaustivas sobre cuestiones específicas de desarme, de resultas de las cuales se presentan recomendaciones concretas acerca de esas cuestiones, y recordando que la Comisión debe hacer todo cuanto esté a su alcance para asegurar que, en la medida de lo posible, las decisiones sobre cuestiones sustantivas se adopten por consenso, como se dispone en el párrafo 118 del Documento Final del Décimo Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General 3, Poniendo de relieve nuevamente la importante función que cumple la Comisión de Desarme dentro del mecanismo de desarme multilateral de las Naciones Unidas, 1. Toma nota del informe de la Comisión de Desarme; 2. Reafirma la importancia de que se sigan afianzando el diálogo y la cooperación entre la Primera Comisión, la Comisión de Desarme y la Conferencia de Desarme, hace notar que la Comisión de Desarme no ha presentado ninguna recomendación a los cinco últimos períodos de sesiones de la Asamblea General y, por lo tanto, alienta la revitalización de la labor de la Comisión de Desarme en el ciclo trienal en curso; 3. Pone de relieve la necesidad de celebrar deliberaciones centradas en cuestiones concretas y orientadas a la obtención de resultados respecto de los temas del programa de la Comisión de Desarme; 4. Solicita a la Comisión de Desarme que continúe su labor con arreglo a su mandato, enunciado en el párrafo 118 del Documento Final del Décimo Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General, y con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 3 de su resolución 37/78 H, de 9 de diciembre de 1982, y que, con ese fin, haga todo lo posible por formular recomendaciones concretas sobre los temas de su programa, teniendo en cuenta los “Métodos y recursos para realzar el funcionamiento de la Comisión de Desarme” previamente aprobados; 5. Recuerda que, de conformidad con su decisión 52/492, en su 376 a sesión, celebrada el 4 de abril de 2022, la Comisión de Desarme aprobó el programa provisional de su período de sesiones sustantivo de 2022, y que la Comisión decidió que 2022 se considerase el segundo año del ciclo trienal; 6. Recomienda que la Comisión de Desarme prosiga el examen de los siguientes temas en su período de sesiones sustantivo de 2023: a) Recomendaciones para lograr el objetivo del desarme nuclear y la no proliferación de las armas nucleares; b) Preparación de recomendaciones para promover la aplicación práctica de las medidas de transparencia y fomento de la confianza en las actividades relativas al espacio ultraterrestre con el objetivo de prevenir una carrera de armamentos en el __________________ 2 3 2/3 Resolución 44/119 C, anexo. Resolución S-10/2. 22-28198

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