A/RES/77/333
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
1 de septiembre de 2023
Septuagésimo séptimo período de sesiones
Tema 131 del programa
Explotación y abusos sexuales: aplicación de una política
de tolerancia cero
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 25 de agosto de 2023
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/77/L.98)]
77/333.
Medidas de las Naciones Unidas en materia de explotación
y abusos sexuales
La Asamblea General,
Recordando los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y el
derecho internacional,
Recordando también sus resoluciones 71/278, de 10 de marzo de 2017, 72/312,
de 13 de septiembre de 2018, 73/302, de 20 de junio de 2019, 75/321, de 2 de
septiembre de 2021, y 76/303, de 2 de septiembre de 2022, relativas a las medidas de
las Naciones Unidas en materia de explotación y abusos sexuales, las resoluciones
72/304, de 13 de julio de 2018, 73/293, de 20 de mayo de 2019, 74/277, de 18 de
junio de 2020, 75/281, de 24 de mayo de 2021, 76/263, de 10 de mayo de 2022, y
77/302, de 29 de junio de 2023, relativas al examen amplio de toda la cuestión de las
operaciones de mantenimiento de la paz en todos sus aspectos, la resolución 71/297,
de 30 de junio de 2017, y la sección IV de la resolución 76/274, de 29 de junio de
2022, relativas a las medidas especiales de protección contra la explotación y los
abusos sexuales, y las resoluciones 72/112, de 7 de diciembre de 2017, 73/196, de 20
de diciembre de 2018, 74/181, de 18 de diciembre de 2019, 75/132, de 15 de
diciembre de 2020, 76/106, de 9 de diciembre de 2021, y 77/98, de 7 de diciembre de
2022, relativas a la responsabilidad penal de los funcionarios y expertos de las
Naciones Unidas en misión, y tomando nota de las resoluciones del Consejo de Seguridad
2242 (2015), de 13 de octubre de 2015, y 2272 (2016), de 11 de marzo de 2016,
Condenando enérgicamente los actos de explotación y abusos sexuales
cometidos por el personal de las Naciones Unidas en todo el sistema, así como por el
personal ajeno a las Naciones Unidas que presta servicios en virtud de un mandato
del Consejo de Seguridad, expresando profunda preocupación por dichos actos y
recalcando el compromiso de los Estados Miembros de reforzar las medidas
destinadas a combatir la explotación y los abusos sexuales,
23-16769 (S)
070923
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