A/RES/75/158 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 23 de diciembre de 2020 Septuagésimo quinto período de sesiones Tema 28 del programa Adelanto de las mujeres Resolución aprobada por la Asamblea General el 16 de diciembre de 2020 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/75/471, párr. 80)] 75/158. Trata de mujeres y niñas La Asamblea General, Reiterando su enérgica condena de la trata de personas, especialmente de mujeres y niños, que constituye un delito grave y un serio atentado contra la dignidad humana y la integridad física, una violación y un abuso de los derechos humanos y una amenaza al desarrollo sostenible y que exige: a) la aplicación de un enfoque integral que incluya alianzas y medidas para prevenir dicha trata, enjuiciar y castigar a los tratantes, identificar, proteger y apoyar a las víctimas, y fomentar la cooperación internacional, y b) una respuesta de la justicia penal proporcional a la gravedad del delito, Recordando todos los convenios y convenciones internacionales que abordan específicamente cuestiones relativas al problema de la trata de mujeres y niñas, como la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional 1 y sus Protocolos, en particular el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia O rganizada Transnacional 2, y el Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional 3, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer 4 y su Protocolo Facultativo 5, la Convención sobre los Derechos del Niño 6 y su Protocolo Facultativo relativo a la __________________ 1 2 3 4 5 6 20-17292 (S) Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2225, núm. 39574. Ibid., vol. 2237, núm. 39574. Ibid., vol. 2241, núm. 39574. Ibid., vol. 1249, núm. 20378. Ibid., vol. 2131, núm. 20378. Ibid., vol. 1577, núm. 27531. 291220 *2017292* 301220

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