A/RES/76/77 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 15 de diciembre de 2021 Septuagésimo sexto período de sesiones Tema 54 del programa Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente Resolución aprobada por la Asamblea General el 9 de diciembre de 2021 [sobre la base del informe de la Comisión Política Especial y de Descolonización (Cuarta Comisión) (A/76/416, párr. 13)] 76/77. Asistencia a los refugiados de Palestina La Asamblea General, Recordando su resolución 194 (III), de 11 de diciembre de 1948, y todas sus resoluciones posteriores sobre el tema, incluida la resolución 75/93, de 10 de diciembre de 2020, Recordando también su resolución 302 (IV), de 8 de diciembre de 1949, en la que, entre otras cosas, estableció el Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente, Recordando además las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, Consciente de que, durante más de siete decenios, los refugiados de Palestina han sufrido la pérdida de sus hogares, sus tierras y sus medios de subsistencia, Afirmando la necesidad imperiosa de que se resuelva el problema de los refugiados de Palestina para lograr la justicia y una paz duradera en la región, Reconociendo el papel fundamental que ha cumplido el Organismo durante los más de siete decenios transcurridos desde su creación para mejorar la difícil situación de los refugiados de Palestina mediante la prestación de servicios de educación y salud y servicios sociales y de socorro, y su labor constante en las esferas de la infraestructura de los campamentos, la microfinanciación, la protección y la asistencia de emergencia, Reconociendo también la determinación del Organismo de operar de conformidad con los principios humanitarios de neutralidad, humanidad, independencia e imparcialidad, 21-18625 (S) 141221 *2118625* 171221

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