A/RES/76/50 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 13 de diciembre de 2021 Septuagésimo sexto período de sesiones Tema 100 x) del programa Desarme general y completo: el Tratado sobre el Comercio de Armas Resolución aprobada por la Asamblea General el 6 de diciembre de 2021 [sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/76/444, párr. 93)] 76/50. El Tratado sobre el Comercio de Armas La Asamblea General, Recordando sus resoluciones 61/89, de 6 de diciembre de 2006, 63/240, de 24 de diciembre de 2008, 64/48, de 2 de diciembre de 2009, 67/234 A, de 24 de diciembre de 2012, 67/234 B, de 2 de abril de 2013, 68/31, de 5 de diciembre de 2013, 69/49, de 2 de diciembre de 2014, 70/58, de 7 de diciembre de 2015, 71/50, de 5 de diciembre de 2016, 72/44, de 4 de diciembre de 2017, 73/36, de 5 de diciembre de 2018, 74/49, de 12 de diciembre de 2019, y 75/64, de 7 de diciembre de 2020, y su decisión 66/518, de 2 de diciembre de 2011, Reconociendo que el desarme, el control de armamentos y la no proliferación son indispensables para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, Reconociendo también las consecuencias sociales, económicas, humanitarias y de seguridad del comercio ilícito o no regulado de armas convencionales, Reconociendo además los intereses legítimos de orden político, económico, comercial y de seguridad de los Estados en relación con el comercio internacional de armas convencionales, Subrayando la urgente necesidad de prevenir y eliminar el comercio ilícito de armas convencionales, incluidas las armas pequeñas y las armas ligeras, y de evitar su desvío al mercado ilícito o hacia usos o usuarios finales no autori zados, en particular mediante mejoras en la gestión de armamentos, y prevenir así el agravamiento de la violencia armada, la comisión de actos terroristas y la violación del derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos, 21-18450 (S) 101221 *2118450* 161221

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