A/RES/76/50
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
13 de diciembre de 2021
Septuagésimo sexto período de sesiones
Tema 100 x) del programa
Desarme general y completo: el Tratado sobre
el Comercio de Armas
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 6 de diciembre de 2021
[sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/76/444, párr. 93)]
76/50.
El Tratado sobre el Comercio de Armas
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 61/89, de 6 de diciembre de 2006, 63/240, de 24 de
diciembre de 2008, 64/48, de 2 de diciembre de 2009, 67/234 A, de 24 de diciembre
de 2012, 67/234 B, de 2 de abril de 2013, 68/31, de 5 de diciembre de 2013, 69/49,
de 2 de diciembre de 2014, 70/58, de 7 de diciembre de 2015, 71/50, de 5 de diciembre
de 2016, 72/44, de 4 de diciembre de 2017, 73/36, de 5 de diciembre de 2018, 74/49,
de 12 de diciembre de 2019, y 75/64, de 7 de diciembre de 2020, y su decisión 66/518,
de 2 de diciembre de 2011,
Reconociendo que el desarme, el control de armamentos y la no proliferación
son indispensables para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales,
Reconociendo también las consecuencias sociales, económicas, humanitarias y
de seguridad del comercio ilícito o no regulado de armas convencionales,
Reconociendo además los intereses legítimos de orden político, económico,
comercial y de seguridad de los Estados en relación con el comercio internacional de
armas convencionales,
Subrayando la urgente necesidad de prevenir y eliminar el comercio ilícito de
armas convencionales, incluidas las armas pequeñas y las armas ligeras, y de evitar
su desvío al mercado ilícito o hacia usos o usuarios finales no autori zados, en
particular mediante mejoras en la gestión de armamentos, y prevenir así el
agravamiento de la violencia armada, la comisión de actos terroristas y la violación
del derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos
humanos,
21-18450 (S)
101221
*2118450*
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