A/RES/75/297 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 7 de julio de 2021 Septuagésimo quinto período de sesiones Tema 155 del programa Financiación de la Fuerza Provisional de Seguridad de las Naciones Unidas para Abyei Resolución aprobada por la Asamblea General el 30 de junio de 2021 [sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/75/937, párr. 6)] 75/297. Financiación de la Fuerza Provisional de Seguridad de las Naciones Unidas para Abyei La Asamblea General, Habiendo examinado los informes del Secretario General sobre la financiación de la Fuerza Provisional de Seguridad de las Naciones Unidas para Abyei 1 y el informe conexo de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto 2, Recordando la resolución 1990 (2011) del Consejo de Seguridad, de 27 de junio de 2011, en la que el Consejo estableció la Fuerza Provisional de Seguridad de las Naciones Unidas para Abyei por un período de seis meses, y las resoluciones posteriores en las que el Consejo prorrogó el mandato de la Fuerza, la más reciente de las cuales es la resolución 2575 (2021), de 11 de mayo de 2021, en la que el Consejo prorrogó hasta el 15 de noviembre de 2021 el mandato de la Fuerza, definido en el párrafo 2 de la resolución 1990 (2011) y modificado en la resolución 2024 (2011), de 14 de diciembre de 2011, y en el párrafo 1 de la resolución 2075 (2012), de 16 de noviembre de 2012, Recordando también su resolución 66/241 A, de 24 de diciembre de 2011, relativa a la financiación de la Fuerza, y sus resoluciones posteriores al respecto, la más reciente de las cuales es la resolución 74/283, de 30 de junio de 2020, así como su decisión 74/571, de 3 de septiembre de 2020, Reafirmando los principios generales en que se basa la financiación de las operaciones de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz, enunciados en __________________ 1 2 21-09011 (S) A/75/595 y A/75/737. A/75/822/Add.3. 080721 *2109011* 090721

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