A/RES/75/297
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
7 de julio de 2021
Septuagésimo quinto período de sesiones
Tema 155 del programa
Financiación de la Fuerza Provisional de Seguridad
de las Naciones Unidas para Abyei
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 30 de junio de 2021
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/75/937, párr. 6)]
75/297.
Financiación de la Fuerza Provisional de Seguridad
de las Naciones Unidas para Abyei
La Asamblea General,
Habiendo examinado los informes del Secretario General sobre la financiación
de la Fuerza Provisional de Seguridad de las Naciones Unidas para Abyei 1 y el
informe conexo de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de
Presupuesto 2,
Recordando la resolución 1990 (2011) del Consejo de Seguridad, de 27 de junio
de 2011, en la que el Consejo estableció la Fuerza Provisional de Seguridad de las
Naciones Unidas para Abyei por un período de seis meses, y las resoluciones
posteriores en las que el Consejo prorrogó el mandato de la Fuerza, la más reciente
de las cuales es la resolución 2575 (2021), de 11 de mayo de 2021, en la que el
Consejo prorrogó hasta el 15 de noviembre de 2021 el mandato de la Fuerza, definido
en el párrafo 2 de la resolución 1990 (2011) y modificado en la resolución
2024 (2011), de 14 de diciembre de 2011, y en el párrafo 1 de la resolución
2075 (2012), de 16 de noviembre de 2012,
Recordando también su resolución 66/241 A, de 24 de diciembre de 2011,
relativa a la financiación de la Fuerza, y sus resoluciones posteriores al respecto, la
más reciente de las cuales es la resolución 74/283, de 30 de junio de 2020, así como
su decisión 74/571, de 3 de septiembre de 2020,
Reafirmando los principios generales en que se basa la financiación de las
operaciones de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz, enunciados en
__________________
1
2
21-09011 (S)
A/75/595 y A/75/737.
A/75/822/Add.3.
080721
*2109011*
090721