A/RES/74/205
Inclusión financiera para el desarrollo sostenible
Recordando que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, entre otras cosas,
establece políticas con cuya aprobación y aplicación se pretende incrementar la
inclusión financiera, y que la Agenda de Acción de Addis Abeba, entre otras cosas,
tiene por objeto asegurar que los entornos normativo y reglamentario apoyen la
estabilidad e integridad de los mercados financieros y la promoción de la inclusión
financiera de manera equilibrada y con la debida protección de los consumidores, con
el propósito de fortalecer los conocimientos financieros básicos, la creación de
capacidad de los países en desarrollo y el acceso pleno e igualitario a los servicios
financieros formales para todos de una manera que contribuya a movilizar recursos
internos para la inversión pública y privada en la economía y para la formación de
capital y a aumentar la disponibilidad de servicios financieros por vías que favorezcan
el crecimiento de las empresas y la creación de empleo y estimulen la economía, y de
una manera que incorpore un mayor número de personas y empresas a la economía
formal por vías que estimulen el crecimiento económico, fomenten la transparencia y
la rendición de cuentas y contribuyan a aumentar la recaudación de impuestos,
Poniendo de relieve la importancia de la inclusión en el sistema financiero
internacional a todos los niveles y la importancia de consid erar la inclusión financiera
como objetivo normativo en la regulación financiera, de conformidad con la
legislación y las prioridades nacionales,
Reiterando su compromiso de promover un acceso adecuado, asequible y estable
al crédito y a otros servicios financieros para las microempresas y las pequeñas y
medianas empresas, especialmente los negocios y empresas de la economía social y
solidaria que operan en los sectores estructurado y no estructurado, así como una
capacitación adecuada tendente al desarrollo de aptitudes para todos, en particular
para los jóvenes, las personas con discapacidad, las personas de edad, las mujeres, los
pueblos indígenas, las comunidades locales y los emprendedores,
Reconociendo que la promoción de los sistemas y servicios financieros formales
con sólidos marcos reglamentarios basados en el riesgo para todas las actividades de
intermediación financiera, según corresponda, así como el estado de derecho y las
instituciones responsables e inclusivas, contribuye a que los sistema s financieros sean
inclusivos y a combatir la corrupción y frenar los flujos financieros ilícitos de manera
efectiva y general,
Reconociendo también los valores y principios de la participación de múltiples
partes interesadas también con respecto a la elaboración de estrategias nacionales de
inclusión financiera y que las alianzas entre múltiples partes interesadas y los
recursos, los conocimientos y el ingenio del sector privado, la sociedad civil, la
comunidad científica, el mundo académico, las entidad es filantrópicas y las
fundaciones, los parlamentos, las autoridades locales, los voluntarios y otras partes
interesadas serán importantes a la hora de movilizar e intercambiar conocimientos,
pericia, tecnología y recursos financieros, complementar los esfuerzos de los
Gobiernos y apoyar el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular
en los países en desarrollo,
Reconociendo además que muchas personas en situaciones de vulnerabilidad se
ven desproporcionadamente excluidas de los sistemas financieros y podrían no tener
acceso a los servicios financieros o ser reacias a utilizarlos,
Reiterando la promesa de que no se dejará a nadie atrás, reafirmando el
reconocimiento de que la dignidad del ser humano es fundamental y el deseo de ver
cumplidos los Objetivos y las metas para todas las naciones y los pueblos y para todos
los sectores de la sociedad, y comprometiéndose nuevamente a esforzarse por llegar
primero a los más rezagados,
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