A/RES/74/205 Inclusión financiera para el desarrollo sostenible Recordando que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, entre otras cosas, establece políticas con cuya aprobación y aplicación se pretende incrementar la inclusión financiera, y que la Agenda de Acción de Addis Abeba, entre otras cosas, tiene por objeto asegurar que los entornos normativo y reglamentario apoyen la estabilidad e integridad de los mercados financieros y la promoción de la inclusión financiera de manera equilibrada y con la debida protección de los consumidores, con el propósito de fortalecer los conocimientos financieros básicos, la creación de capacidad de los países en desarrollo y el acceso pleno e igualitario a los servicios financieros formales para todos de una manera que contribuya a movilizar recursos internos para la inversión pública y privada en la economía y para la formación de capital y a aumentar la disponibilidad de servicios financieros por vías que favorezcan el crecimiento de las empresas y la creación de empleo y estimulen la economía, y de una manera que incorpore un mayor número de personas y empresas a la economía formal por vías que estimulen el crecimiento económico, fomenten la transparencia y la rendición de cuentas y contribuyan a aumentar la recaudación de impuestos, Poniendo de relieve la importancia de la inclusión en el sistema financiero internacional a todos los niveles y la importancia de consid erar la inclusión financiera como objetivo normativo en la regulación financiera, de conformidad con la legislación y las prioridades nacionales, Reiterando su compromiso de promover un acceso adecuado, asequible y estable al crédito y a otros servicios financieros para las microempresas y las pequeñas y medianas empresas, especialmente los negocios y empresas de la economía social y solidaria que operan en los sectores estructurado y no estructurado, así como una capacitación adecuada tendente al desarrollo de aptitudes para todos, en particular para los jóvenes, las personas con discapacidad, las personas de edad, las mujeres, los pueblos indígenas, las comunidades locales y los emprendedores, Reconociendo que la promoción de los sistemas y servicios financieros formales con sólidos marcos reglamentarios basados en el riesgo para todas las actividades de intermediación financiera, según corresponda, así como el estado de derecho y las instituciones responsables e inclusivas, contribuye a que los sistema s financieros sean inclusivos y a combatir la corrupción y frenar los flujos financieros ilícitos de manera efectiva y general, Reconociendo también los valores y principios de la participación de múltiples partes interesadas también con respecto a la elaboración de estrategias nacionales de inclusión financiera y que las alianzas entre múltiples partes interesadas y los recursos, los conocimientos y el ingenio del sector privado, la sociedad civil, la comunidad científica, el mundo académico, las entidad es filantrópicas y las fundaciones, los parlamentos, las autoridades locales, los voluntarios y otras partes interesadas serán importantes a la hora de movilizar e intercambiar conocimientos, pericia, tecnología y recursos financieros, complementar los esfuerzos de los Gobiernos y apoyar el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular en los países en desarrollo, Reconociendo además que muchas personas en situaciones de vulnerabilidad se ven desproporcionadamente excluidas de los sistemas financieros y podrían no tener acceso a los servicios financieros o ser reacias a utilizarlos, Reiterando la promesa de que no se dejará a nadie atrás, reafirmando el reconocimiento de que la dignidad del ser humano es fundamental y el deseo de ver cumplidos los Objetivos y las metas para todas las naciones y los pueblos y para todos los sectores de la sociedad, y comprometiéndose nuevamente a esforzarse por llegar primero a los más rezagados, 2/5 19-22418

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