A/RES/76/177 Situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea Recordando la responsabilidad de la República Popular Democrática de Corea de proteger a su población de los crímenes de lesa h umanidad y recordando también que la comisión de investigación instó a los dirigentes de la República Popular Democrática de Corea a que previnieran y reprimieran los crímenes de lesa humanidad y se aseguraran de que los autores fueran perseguidos y llevad os ante la justicia, Tomando nota del informe del Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea 3, lamentando que todavía no se le haya permitido visitar el país y que no haya contado con la cooperación de las autoridades de la República Popular Democrática de Corea, y tomando nota también del informe amplio del Secretario General sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea, presentado de conformidad con la resolución 75/190 4, Teniendo presente que la República Popular Democrática de Corea es parte en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 5, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 6, la Convención sobre los Derechos del Niño 7, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer 8, y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad 9, e instando a implementar plenamente estas Convenciones y las recomendaciones que figuran en las observaciones finales de los exámenes de órganos creados en virtud de tratados, Reiterando la importancia de que se presenten el tercer informe periódico de la República Popular Democrática de Corea al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que debía haberse presentado el 30 de junio de 2008, y su tercer informe periódico al Comité de Derechos Humanos, que debía haberse presentado el 1 de enero de 2004, Alentando a la República Popular Democrática de Corea a que aplique las recomendaciones que figuran en el informe de la Relatora Especial sobre los derechos de las personas con discapacidad sobre su visita al país en mayo de 2017, presentado al Consejo de Derechos Humanos en su 37º período de sesiones 10, Destacando la importancia de que el Gobierno de la República Popular Democrática de Corea amplíe su cooperación a otros procedimientos especiales y mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, en particular el Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea, de conformidad con sus mandatos, Recordando la participación de la República Popular Democrática de Corea en el proceso del tercer examen periódico universal, observando que el Gobierno de la República Popular Democrática de Corea aceptó 132 de las 262 recomendaciones 11, y alentando al Gobierno a que aplique de buena fe esas recomendaciones, Observando con pesar que las organizaciones independientes de la sociedad civil no pueden operar en la República Popular Democrática de Corea y que, en consecuencia, ninguna organización de la sociedad civil con sede en la República __________________ 3 4 5 6 7 8 9 10 11 2/13 A/76/392. A/76/242. Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo. Ibid. Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, núm. 27531. Ibid., vol. 1249, núm. 20378 Ibid., vol. 2515, núm. 44910. A/HRC/37/56/Add.1. A/HRC/42/10. 21-19213

Seleccionar párrafo de destino3