Medidas económicas unilaterales como medio de ejercer presión política y económica sobre los países en desarrollo A/RES/74/200 Profundamente preocupada porque la aplicación de medidas económicas coercitivas unilaterales perjudica en particular a las economías de los países en desarrollo y sus esfuerzos en pro del desarrollo y tiene un efecto general desfavorable en la cooperación económica internacional y en los esfuerzos desplegados en todo el mundo por establecer un sistema comercial multilateral no discriminatorio y abierto, Reconociendo que esas medidas constituyen una patente violación de los principios de derecho internacional consagrados en la Carta y de los principios básicos del sistema comercial multilateral, 1. Toma nota del informe del Secretario General 2; 2. Insta a la comunidad internacional a que actúe de manera urgente y eficaz para eliminar la utilización de medidas económicas, financieras o comerciales unilaterales que no hayan sido autorizadas por los órganos pertinentes de las Naciones Unidas, sean incompatibles con los principios del derecho internacional o la Carta de las Naciones Unidas o contravengan los principios básicos del sistema comercial multilateral y que afecten en particular, pero no exclusivamente, a los países en desarrollo; 3. Exhorta a la comunidad internacional a que condene y rechace la imposición de tales medidas como medio de ejercer presión política y económica sobre los países en desarrollo que entorpece el pleno logro del desarrollo social y económico; 4. Solicita al Secretario General que vigile la imposición de medidas económicas unilaterales como medio de ejercer presión política y económica y estudie las consecuencias de estas medidas para los países afectados, incluidas las repercusiones en el comercio y el desarrollo; 5. Solicita también al Secretario General que le presente en su septuagésimo sexto período de sesiones un informe sobre la aplicación de la presente resolución, prestando especial atención a los efectos de las medidas económicas unilaterales en el logro del desarrollo sostenible. 52 a sesión plenaria 19 de diciembre de 2019 __________________ 2 2/2 A/74/264. 19-22413

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