S/RES/2379 (2017)
Naciones Unidas
Consejo de Seguridad
Distr. general
21 de septiembre de 2017
Resolución 2379 (2017)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 8052ª sesión,
celebrada el 21 de septiembre de 2017
El Consejo de Seguridad,
Reafirmando sus resoluciones 1265 (1999), 1325 (2000), 1368 (2001), 1373
(2001), 1624 (2005), 1894 (2009), 2106 (2013), 2150 (2014), 2170 (2014), 2178 (2014),
2199 (2015), 2242 (2015), 2249 (2015), 2253 (2015), 2322 (2016), 2331 (2016), 2341
(2017), 2347 (2017), 2354 (2017), 2367 (2017), 2368 (2017) y 2370 (2017) y las
declaraciones pertinentes de su Presidencia,
Reafirmando su respeto por la soberanía, la integridad territorial, la
independencia y la unidad del Iraq, de conformidad con los propósitos y principios
de la Carta de las Naciones Unidas,
Recordando que el Estado Islámico en el Iraq y el Levante (EIIL, también
conocido como Dáesh) constituye una amenaza mundial a la paz y la seguridad
internacionales por sus actos terroristas, su ideología extremista violenta, sus
ataques constantes, flagrantes, sistemáticos y generalizados dirigidos contra la
población civil, sus violaciones del derecho internacional humanitario y abusos de
los derechos humanos, especialmente los dirigidos contra las mujeres y los niños, y
en particular los impulsados por motivos religiosos o étnicos, y su reclutamiento y
adiestramiento de combatientes terroristas extranjeros cuya amenaza afecta a todas
las regiones y Estados Miembros,
Condenando los actos cometidos por el EIIL (Dáesh) que han conllevado el
asesinato, el secuestro, la toma de rehenes, los ataques suicidas con bombas, la
esclavitud, la venta para contraer matrimonio o cualquier otra forma de matrimonio
forzado, la trata de personas, la violación, la esclavitud sexual y otras formas de
violencia sexual, el reclutamiento y la utilización de niños y los ataques contra
infraestructuras vitales, así como la destrucción del patrimonio cultural, incluidos
los yacimientos arqueológicos, y el tráfico de bienes culturales,
Reconociendo además que la comisión de esos actos, que pueden constituir
crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad o genocidio, forma parte de la
ideología y los objetivos estratégicos del EIIL (Dáesh) y es utilizada por el EIIL
(Dáesh) como táctica terrorista, y que velar por la rendición de cuentas de los
miembros del EIIL (Dáesh), en particular los de mayor responsabilidad, inclusive en
lo tocante al liderazgo (lo que abarca a los comandantes regionales o de rango
medio) y a su participación para ordenar o cometer eso s crímenes, contribuirá a dar
aún más visibilidad a este hecho, y podría ayudar en la lucha contra el terrorismo y
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