S/RES/2379 (2017) Naciones Unidas Consejo de Seguridad Distr. general 21 de septiembre de 2017 Resolución 2379 (2017) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 8052ª sesión, celebrada el 21 de septiembre de 2017 El Consejo de Seguridad, Reafirmando sus resoluciones 1265 (1999), 1325 (2000), 1368 (2001), 1373 (2001), 1624 (2005), 1894 (2009), 2106 (2013), 2150 (2014), 2170 (2014), 2178 (2014), 2199 (2015), 2242 (2015), 2249 (2015), 2253 (2015), 2322 (2016), 2331 (2016), 2341 (2017), 2347 (2017), 2354 (2017), 2367 (2017), 2368 (2017) y 2370 (2017) y las declaraciones pertinentes de su Presidencia, Reafirmando su respeto por la soberanía, la integridad territorial, la independencia y la unidad del Iraq, de conformidad con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Recordando que el Estado Islámico en el Iraq y el Levante (EIIL, también conocido como Dáesh) constituye una amenaza mundial a la paz y la seguridad internacionales por sus actos terroristas, su ideología extremista violenta, sus ataques constantes, flagrantes, sistemáticos y generalizados dirigidos contra la población civil, sus violaciones del derecho internacional humanitario y abusos de los derechos humanos, especialmente los dirigidos contra las mujeres y los niños, y en particular los impulsados por motivos religiosos o étnicos, y su reclutamiento y adiestramiento de combatientes terroristas extranjeros cuya amenaza afecta a todas las regiones y Estados Miembros, Condenando los actos cometidos por el EIIL (Dáesh) que han conllevado el asesinato, el secuestro, la toma de rehenes, los ataques suicidas con bombas, la esclavitud, la venta para contraer matrimonio o cualquier otra forma de matrimonio forzado, la trata de personas, la violación, la esclavitud sexual y otras formas de violencia sexual, el reclutamiento y la utilización de niños y los ataques contra infraestructuras vitales, así como la destrucción del patrimonio cultural, incluidos los yacimientos arqueológicos, y el tráfico de bienes culturales, Reconociendo además que la comisión de esos actos, que pueden constituir crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad o genocidio, forma parte de la ideología y los objetivos estratégicos del EIIL (Dáesh) y es utilizada por el EIIL (Dáesh) como táctica terrorista, y que velar por la rendición de cuentas de los miembros del EIIL (Dáesh), en particular los de mayor responsabilidad, inclusive en lo tocante al liderazgo (lo que abarca a los comandantes regionales o de rango medio) y a su participación para ordenar o cometer eso s crímenes, contribuirá a dar aún más visibilidad a este hecho, y podría ayudar en la lucha contra el terrorismo y 17-16646 (S) *1716646*

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