Asistencia técnica prestada por la Oficina de las Naciones Unidas
contra la Droga y el Delito en relación con la lucha
contra el terrorismo
A/RES/74/175
Poniendo de relieve la necesidad de hacer frente a las condiciones que propician
la expansión del terrorismo, respetando plenamente al mismo tiempo los propósitos
y principios fundamentales de la Carta y el derecho internacional,
Recordando la Declaración y Programa de Acción sobre una Cultura de Paz 2 y
el Programa Mundial para el Diálogo entre Civilizaciones 3,
Reafirmando su preocupación porque los terroristas podrían utilizar la
delincuencia organizada transnacional en su beneficio como fuente de financiación o
de apoyo logístico, reconociendo que la naturaleza y el alcance de los vínculos entre
el terrorismo y la delincuencia organizada transnacional varían según el contexto, y
poniendo de relieve la necesidad de coordinar las actividades a nivel local, nacional,
subregional, regional e internacional para responder a esta amenaza, de conformidad
con el derecho internacional,
Recordando en particular su resolución 72/194, de 19 de diciembre de 2017, en
la que, entre otras cosas, exhortó a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga
y el Delito a que siguiera mejorando la asistencia técnica que prestaba a los Estados
Miembros que la solicitaban con objeto de desarrollar su capa cidad para pasar a ser
partes en los tratados y protocolos internacionales relativos a la lucha contra el
terrorismo y aplicarlos, en particular mediante programas específicos y la
capacitación de los funcionarios de justicia penal y aplicación de la ley c ompetentes,
cuando se le solicitase, a fin de desarrollar su capacidad para responder eficazmente
a los actos terroristas, prevenirlos, investigarlos y enjuiciar a sus autores, mediante la
preparación de iniciativas pertinentes y la participación en ellas y mediante la
elaboración de instrumentos técnicos y publicaciones, en estrecha consulta con los
Estados Miembros,
Reiterando todos los aspectos de la Estrategia Global de las Naciones Unidas
contra el Terrorismo 4 y la necesidad de que los Estados continúen aplicando
plenamente los cuatro pilares de la Estrategia, y recordando su resolución 72/284, de
26 de junio de 2018, titulada “Examen de la Estrategia Global de las Naciones Unidas
contra el Terrorismo”,
Reconociendo la importancia de combatir el terrorismo y prevenir el extremismo
violento cuando conduzca al terrorismo, destacando a ese respecto la importancia de
aplicar de manera integrada y equilibrada la Estrategia Global de las Naciones Unidas
contra el Terrorismo en sus cuatro pilares, reconociendo los esfuerzos del Secretario
General a ese respecto, y reafirmando que la responsabilidad principal de aplicar la
Estrategia recae en los Estados Miembros,
Acogiendo con beneplácito la alianza entre la Oficina de las Naciones Unidas
contra la Droga y el Delito y la Organización de las Naciones Unidas para la
Educación, la Ciencia y la Cultura para promover la educación como instrumento para
prevenir la delincuencia en todas sus formas, incluido el terror ismo, y defender el
estado de derecho,
Observando con aprecio la labor que realiza la Oficina de las Naciones Unidas
contra la Droga y el Delito para apoyar a los Estados Miembros en sus iniciativas de
prevención y lucha contra el terrorismo en todas sus formas y manifestaciones en el
contexto de la prevención del delito y la justicia penal, y reiterando que esa labor
debe realizarse en estrecha coordinación con los Estados Miembros,
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Resoluciones 53/243 A y B.
Resolución 56/6.
Resolución 60/288.
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