A/RES/73/237 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 15 de enero de 2019 Septuagésimo tercer período de sesiones Tema 20 j) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 20 de diciembre de 2018 [sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/73/538/Add.10)] 73/237. Lucha contra las tormentas de arena y polvo La Asamblea General, Recordando sus resoluciones 70/195, de 22 de diciembre de 2015, 71/219, de 21 de diciembre de 2016, y 72/225, de 20 de diciembre de 2017, relativas a la lucha contra las tormentas de arena y polvo, Reafirmando su resolución 70/1, de 25 de septiembre de 2015, titulada “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible ”, en la que adoptó un amplio conjunto de Objetivos de Desarrollo Sostenible y metas universales y transformativos, de gran alcance y centrados en las personas, su compromiso de trabajar sin descanso a fin de conseguir la plena implementación de la Agenda a más tardar en 2030, su reconocimiento de que la erradicación de la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable para el desarrollo sostenible, su compromiso de lograr el desarrollo sostenible en sus tres dimensiones —económica, social y ambiental— de forma equilibrada e integrada y de aprovechar los logros de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y procurar abordar los asuntos pendientes, Reafirmando también su resolución 69/313, de 27 de julio de 2015, relativa a la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, que es parte integral de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, le sirve de apoyo y complemento, ayuda a contextualizar las metas relativas a sus medios de implementación con po líticas y medidas concretas y reafirma el resuelto compromiso político de hacer frente al problema de la financiación y de la creación de un entorno propicio a todos los niveles para el desarrollo sostenible, en un espíritu de alianza y solidaridad mundial es, 18-22560 (S) 150119 *1822560* 170119

Seleccionar párrafo de destino3