Aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas
con Discapacidad y su Protocolo Facultativo: accesibilidad
A/RES/74/144
Recordando la Declaración y el Programa de Acción de Viena 7, el Marco de Sendái
para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-20308 y la Nueva Agenda Urbana 9,
Reafirmando la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 10, que incluye a las
personas con discapacidad y en la que los Estados Miembros se comprometieron a no
dejar a nadie atrás, y reconociendo que las contribuciones de las personas con
discapacidad son importante para implementarla plena y efectivamente y que los
Estados Miembros, al implementarla, deberían, entre otras cosas, respetar, proteger y
promover los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, sin
discriminación de ningún tipo,
Acogiendo con beneplácito el hecho de que, desde que se abrieron a la firma la
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo
Facultativo, el 30 de marzo de 2007, 162 Estados y 1 organización de integración
regional han firmado la Convención y 180 Estados y 1 organización de integración
regional la han ratificado o se han adherido a ella, mientras que 94 Estados han
firmado el Protocolo Facultativo y 96 Estados lo han ratificado,
Observando con aprecio la labor y las actividades llevadas a cabo y que se
siguen realizando en apoyo de la Convención y con miras a la realiza ción y la
transversalización de los derechos de todas las personas con discapacidad,
particularmente por medio de, entre otros, la Conferencia de los Estados Partes en la
Convención, la Secretaria General Adjunta y Asesora Superior sobre Políticas, el
Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, otros órganos creados
en virtud de tratados de derechos humanos, la Relatora Especial del Consejo de
Derechos Humanos sobre los derechos de las personas con discapacidad, la Enviada
Especial del Secretario General sobre la Discapacidad y la Accesibilidad, el Grupo de
Apoyo Interinstitucional para la Convención y el Equipo de Tareas del Comité
Permanente entre Organismos sobre la Inclusión de las Personas con Discapacidad en
la Acción Humanitaria,
Observando la necesidad de que los Estados Miembros, el sistema de las
Naciones Unidas y otras partes interesadas sigan reforzando el marco normativo sobre
la discapacidad, incluidos los derechos de las personas con discapacidad, en
consonancia con la promesa plasmada en la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible de no dejar a nadie atrás, y de que consideren la discapacidad una cuestión
de interés mundial que atañe a todos los pilares de las Naciones Unidas,
Acogiendo con beneplácito los avances realizados en la transversalización de la
discapacidad, incluidos los derechos de las personas con discapacidad, en la labor de
las Naciones Unidas, y observando con aprecio el lanzamiento de la Estrategia de las
Naciones Unidas para la Inclusión de la Discapacidad y el liderazgo del Secretario
General a la hora de propiciar un cambio transformativo y sistemático en materia de
inclusión de la discapacidad en todo el sistema de las Naciones Unidas,
Acogiendo con beneplácito también las contribuciones realizadas por el Comité
Directivo sobre Accesibilidad para mejorar la accesibilidad de las instalaciones, las
conferencias y reuniones y la información y comunicaciones de las Naciones Unidas,
y observando otras iniciativas relacionadas con la discapacidad, como la Cumbr e
Mundial sobre la Discapacidad,
Acogiendo con beneplácito además la conmemoración de diversos días
internacionales relacionados con la discapacidad, como el Día Mundial de
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A/CONF.157/24 (Part I), cap. III.
Resolución 69/283, anexo II.
Resolución 71/256, anexo.
Resolución 70/1.
19-22245