A/RES/73/269
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
4 de enero de 2019
Septuagésimo tercer período de sesiones
Tema 137 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 22 de diciembre de 2018
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/73/667)]
73/269.
Planificación de los programas
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 37/234, de 21 de diciembre de 1982, 38/227 A, de
20 de diciembre de 1983, 41/213, de 19 de diciembre de 1986, 55/234, de 23 de
diciembre de 2000, 56/253, de 24 de diciembre de 2001, 57/282, de 20 de diciembre
de 2002, 58/268 y 58/269, de 23 de diciembre de 2003, 59/275, de 23 de diciembre
de 2004, 60/257, de 8 de mayo de 2006, 61/235, de 22 de diciembre de 2006, 62/224,
de 22 de diciembre de 2007, 63/247, de 24 de diciembre de 2008, 64/229, de 22 de
diciembre de 2009, 65/244, de 24 de diciembre de 2010, 66/8, de 11 de noviembre de
2011, 67/236, de 24 de diciembre de 2012, 68/20, de 4 de diciembre de 2013, 69/17,
de 18 de noviembre de 2014, 70/8, de 13 de noviembre de 2015, 71/6, de 27 de octubre
de 2016, 72/9, de 17 de noviembre de 2017, y 72/266 A, de 24 de diciembre de 2017,
Recordando también las atribuciones del Comité del Programa y de la
Coordinación, que figuran en el anexo de la resolución 2008 (LX) del Consejo
Económico y Social, de 14 de mayo de 1976,
Recordando además el Reglamento y Reglamentación Detallada para la
Planificación de los Programas, los Aspectos de Programas del Presupuesto, la
Supervisión de la Ejecución y los Métodos de Evaluación 1, en que se establece que
los programas y subprogramas del proyecto de marco estratégico serán examinados
por los órganos intergubernamentales sectoriales, funcionales y regionales
competentes, de ser posible durante su ciclo ordinario de reuniones,
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18-22654 (S)
ST/SGB/2018/3.
070119
*1822654*
080119