Examen amplio de mitad de período de las actividades
del Decenio Internacional para la Acción “Agua
para el Desarrollo Sostenible” (2018-2028)
A/RES/73/226
Reafirmando su resolución 70/1, de 25 de septiembre de 2015, titulada
“Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible ”, en la
que adoptó un amplio conjunto de Objetivos de Desarrollo Sostenible y metas
universales y transformativos, de gran alcance y centrados en las personas, su
compromiso de trabajar sin descanso a fin de conseguir la plena implementación de
la Agenda a más tardar en 2030, su reconocimiento de que la erradicación de la
pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor
desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable para el
desarrollo sostenible, su compromiso de lograr el desarrollo sostenible en sus tres
dimensiones —económica, social y ambiental— de forma equilibrada e integrada y
de aprovechar los logros de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y procurar
abordar los asuntos pendientes,
Reafirmando también su resolución 69/313, de 27 de julio de 2015, relativa a la
Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la
Financiación para el Desarrollo, que es parte integral de la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible, le sirve de apoyo y complemento, ayuda a contextualizar las
metas relativas a sus medios de implementación con políticas y medidas concretas y
reafirma el resuelto compromiso político de hacer frente al problema de la
financiación y de la creación de un entorno propicio a todos los niveles para el
desarrollo sostenible, en un espíritu de alianza y solidaridad mundiales,
Reafirmando además que el foro político de alto nivel sobre el desarrollo
sostenible celebrado bajo los auspicios de la Asamblea General y del Consejo
Económico y Social desempeña un papel central en la supervisión de los procesos de
seguimiento y examen de la implementación de la Agenda 2030 a nivel mundial,
Reconociendo las sinergias entre la Agenda 2030, la Agenda de Acción de
Addis Abeba, el Acuerdo de París aprobado en virtud de la Convenc ión Marco de las
Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 2 y el Marco de Sendái para la Reducción
del Riesgo de Desastres 2015-2030 3,
Poniendo de relieve que el logro de los objetivos y metas relacionados con el
agua contribuirá a la aplicación satisfactoria de la Nueva Agenda Urbana 4, el Acuerdo
de París, el Marco de Sendái para la Reducción del Riesgo de Desastres, las
Modalidades de Acción Acelerada para los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo
(Trayectoria de Samoa) 5, el Convenio sobre la Diversidad Biológica 6 y la Convención
de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los Países Afectados
por Sequía Grave o Desertificación, en Particular en África 7,
Reconociendo que la aplicación del Marco de Sendái para la Reducción del
Riesgo de Desastres contribuye al logro de los objetivos del Decenio Internacional
para la Acción “Agua para el Desarrollo Sostenible” (2018-2028), y reconociendo
también que los desastres, muchos de los cuales se ven exacerbados por el cambio
climático y están aumentando en frecuencia e intensidad, obstaculizan
significativamente el progreso hacia el desarrollo sostenible,
Tomando nota del informe del Grupo de Alto Nivel sobre el Agua establecido
por el Secretario General y el Presidente del Banco Mundial, titula do “Making Every
Drop Count”, el Informe de síntesis sobre el Objetivo de Desarrollo Sostenible 6
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Véase FCCC/CP/2015/10/Add.1, decisión 1/CP.21, anexo.
Resolución 69/283, anexo II.
Resolución 71/256, anexo.
Resolución 69/15, anexo.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1760, núm. 30619.
Ibid., vol. 1954, núm. 33480.
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