A/RES/76/111 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 17 de diciembre de 2021 Septuagésimo sexto período de sesiones Tema 82 del programa Informe de la Comisión de Derecho Internacional sobre la labor realizada en su 72º período de sesiones Resolución aprobada por la Asamblea General el 9 de diciembre de 2021 [sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/76/473, párr. 12)] 76/111. Informe de la Comisión de Derecho Internacional sobre la labor realizada en su 72º período de sesiones La Asamblea General, Habiendo examinado el informe de la Comisión de Derecho Internacional sobre la labor realizada en su 72º período de sesiones 1, Poniendo de relieve la importancia de fomentar el desarrollo progresivo y la codificación del derecho internacional como medio de poner en práctica los propósitos y principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas y en la Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional referentes a las Relaciones de Amistad y a la Cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas 2, Reconociendo la conveniencia de remitir las cuestiones jurídicas y de redacción a la Sexta Comisión, incluidos los temas que podrían someterse a la Comisión de Derecho Internacional para un examen más detenido, y de permitir que ambos órganos contribuyan en mayor medida al desarrollo progresivo y la codificación del derecho internacional, Recordando la necesidad de seguir examinando los temas de derecho internacional que, dado su nuevo o renovado interés para la comunidad internacional, puedan ser aptos para el desarrollo progresivo y la codificación del derecho internacional y, por consiguiente, puedan incluirse en el programa de trabajo futuro de la Comisión de Derecho Internacional, Recordando también el papel de los Estados Miembros en la presentación de propuestas de nuevos temas para su examen por la Comisión de Derecho __________________ 1 2 21-18667 (S) Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo sexto período de sesiones, suplemento núm. 10 (A/76/10). Resolución 2625 (XXV), anexo. 221221 *2118667* 271221

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