A/RES/73/188
Instituto Africano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito
y el Tratamiento del Delincuente
Poniendo de relieve que combatir la delincuencia es una empresa colectiva
destinada a hacer frente al desafío mundial que representa la delincuencia organizada
y que la inversión de los recursos necesarios en la prevención del delito es primordial
para ese fin y contribuye al desarrollo sostenible,
Observando con preocupación que el sistema de justicia penal existente en la
mayoría de los países africanos no cuenta con personal suficientemente cualificado
ni con la infraestructura adecuada y, por tanto, no está preparado pa ra hacer frente al
surgimiento de nuevas tendencias delictivas, y reconociendo las dificultades que
afronta África en lo relativo a los procesos judiciales y la administración de las
instituciones penitenciarias,
Reconociendo que el Instituto Africano de las Naciones Unidas para la
Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente constituye el centro de
coordinación de los esfuerzos profesionales encaminados a promover la cooperación
y colaboración activas de Gobiernos, círculos académicos, instituci ones,
organizaciones profesionales y científicas y expertos en prevención del delito y
justicia penal,
Teniendo presente el Plan de Acción de la Unión Africana sobre Fiscalización
de Drogas 2013-2017, cuyo objetivo es alentar a los Estados Miembros a que
participen en iniciativas regionales para la prevención eficaz del delito, la buena
gobernanza y la consolidación de la administración de justicia y a que las sientan
como propias,
Reconociendo la importancia de promover el desarrollo sostenible como
complemento de las estrategias de prevención del delito,
Poniendo de relieve la necesidad de crear las coaliciones necesarias con todos
los asociados para la formulación de políticas eficaces de prevención del delito,
Recordando la realización y finalización de un estudio preliminar de diagnóstico
por un consultor de la Comisión Económica para África antes de iniciar un proceso
de examen completo en todo el sistema, incluida la importancia del Instituto como
mecanismo viable para promover la cooperación entre las entidades pertinentes a la
hora de responder al problema de la delincuencia que afecta a África,
Expresando preocupación por el hecho de que el Instituto siga sin tener director
y haciendo notar la importancia de llenar las vacantes de cargos directivos para
asegurar el funcionamiento normal del Instituto,
Observando con preocupación que la situación financiera del Instituto ha
menoscabado considerablemente su capacidad de prestar servicios a los Estados
Miembros de África de manera eficaz y amplia, y observando que una de las
conclusiones del estudio preliminar de diagnóstico es la necesidad de que el Instituto
aumente sus ingresos con carácter urgente,
Recordando la descripción detallada que figura en el informe del Secretario
General de las deficiencias de financiación que han limitado seriamente la capacidad
del Instituto para atender las necesidades de la región, y reconociendo que la
delincuencia supone el gasto de cantidades considerables de recursos,
Teniendo presente que el Instituto es un componente importante de la red de las
Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, y que, sin los
fondos necesarios, el Instituto no logrará alcanzar sus objetivos vitales de luchar
contra el narcotráfico, la ciberdelincuencia y los delitos contra el medio ambiente,
entre otros problemas, ni sus objetivos de reformar las deficiencias cruciales del
sistema de enjuiciamiento de la región y crear alianzas efectivas y sólidas entre los
funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, los órganos profesionales, las
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