A/RES/74/133 Derechos del niño Recordando el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos4, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 4, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad 5, la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas 6, la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951 7, y su Protocolo, de 1967 8, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional 9 y el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional 10, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer 11 y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes 12, así como el Convenio sobre la edad mínima, de 1973 (núm. 138) 13, y el Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, de 1999 (núm. 182) 14, ambos de la Organización Internacional del Trabajo, Reafirmando que los principios generales enunciados en la Convención sobre los Derechos del Niño, entre ellos el interés superior del niño, la no discriminación, la participación y la supervivencia y el desarrollo, constituyen el marco para las acciones relacionadas con los niños, Reafirmando también la Declaración y Programa de Acción de Viena 15, la Declaración del Milenio 16 y el documento final del vigésimo séptimo período extraordinario de sesiones de la Asamblea General sobre la infancia titulado “Un mundo apropiado para los niños”17, recordando la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing18, el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo 19 y los documentos finales de sus conferencias de examen, la Declaración de Copenhague sobre Desarrollo Social y el Programa de Acción de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social 20, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas 21, el documento final de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General conocida como la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas 22, la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo 23, la Declaración de la reunión plenaria conmemorativa de alto nivel dedicada al __________________ 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 2/17 Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo. Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2515, núm. 44910. Ibid., vol. 2716, núm. 48088. Ibid., vol. 189, núm. 2545. Ibid., vol. 606, núm. 8791. Ibid., vol. 2225, núm. 39574. Ibid., vol. 2237, núm. 39574. Ibid., vol. 1249, núm. 20378. Ibid., vol. 1465, núm. 24841. Ibid., vol. 1015, núm. 14862. Ibid., vol. 2133, núm. 37245. A/CONF.157/24 (Part I), cap. III. Resolución 55/2. Resolución S-27/2, anexo. Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexos I y II. Informe de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, El Cairo, 5 a 13 de septiembre de 1994 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.95.XIII.18), cap. I, resolución 1, anexo. Informe de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, Copenhague, 6 a 12 de marzo de 1995 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta S.96.IV.8), cap. I, resolución 1, anexos I y II. Resolución 61/295, anexo. Resolución 69/2. Resolución 41/128, anexo. 19-22229

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