A/RES/73/163
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
15 de enero de 2019
Septuagésimo tercer período de sesiones
Tema 74 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 17 de diciembre de 2018
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/73/589/Add.2)]
73/163.
Los derechos humanos y la extrema pobreza
La Asamblea General,
Guiada por los propósitos y principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas,
Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos 1 , el aacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 2 y el aacto
Internacional de Derechos Civiles y aolíticos 2 , la Convención Internacional sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial 3, la Convención sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer 4, la Convención
sobre los Derechos del Niño 5, la Convención sobre los Derechos de las aersonas con
Discapacidad 6 y todos los demás instrumentos de derechos humanos aprobados por
las Naciones Unidas,
Recordando su resolución 47/196, de 22 de diciembre de 1992, por la que
declaró el 17 de octubre Día Internacional para la Erradicación de la aobreza, así
como su resolución 71/186, de 19 de diciembre de 2016, y sus resoluciones anteriores
relativas a los derechos humanos y la extrema pobreza, en las que reafirmó que la
extrema pobreza y la exclusión social vulneraban la dignidad humana y
obstaculizaban el ejercicio de todos los derechos humanos y que, en consecuencia,
urgía adoptar medidas en los planos nacional e internacional para eliminarlas,
Recordando también su resolución 52/134, de 12 de diciembre de 1997, en la
que reconoció que el fortalecimiento de la cooperación internacional en la esfera de
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Resolución 217 A (III).
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 660, núm. 9464.
Ibid., vol. 1249, núm. 20378.
Ibid., vol. 1577, núm. 27531.
Ibid., vol. 2515, núm. 44910.
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