A/RES/74/149
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
24 de enero de 2020
Septuagésimo cuarto período de sesiones
Tema 70 b) del programa
Promoción y protección de los derechos humanos:
cuestiones de derechos humanos, incluidos otros medios
de mejorar el goce efectivo de los derechos humanos y
las libertades fundamentales
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 18 de diciembre de 2019
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/74/399/Add.2)]
74/149.
El derecho a la alimentación
La Asamblea General,
Reafirmando la Carta de las Naciones Unidas y su importancia para la
promoción y protección de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales
para todos,
Reafirmando también las resoluciones y decisiones anteriores sobre el derecho
a la alimentación aprobadas en el marco de las Naciones Unidas,
Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, que dispone que
toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure la salud y el
bienestar, en especial la alimentación, así como la Declaración Universal sobre la
Erradicación del Hambre y la Malnutrición 2, la Declaración del Milenio 3, en
particular el primer Objetivo de Desarrollo del Milenio, relativo a la erradicación de
la pobreza extrema y el hambre para 2015, y la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible 4, en particular los Objetivos de Desarrollo Sostenible relativos a la
eliminación del hambre, el logro de la seguridad alimentaria y una mejor nutrición,
la promoción de la agricultura sostenible y la eliminación de la pob reza en todas sus
formas y en todo el mundo,
__________________
1
2
3
4
19-22253 (S)
Resolución 217 A (III).
Informe de la Conferencia Mundial sobre la Alimentación, Roma, 5 a 16 de noviembre de 1974
(publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta S.75.II.A.3), cap. I.
Resolución 55/2.
Resolución 70/1.
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*1922253*
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