A/RES/76/109 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 17 de diciembre de 2021 Septuagésimo sexto período de sesiones Tema 80 del programa Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 54º período de sesiones Resolución aprobada por la Asamblea General el 9 de diciembre de 2021 [sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/76/471, párr. 13)] 76/109. Aumento del número de miembros de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional La Asamblea General, Recordando su resolución 2205 (XXI), de 17 de diciembre de 1966, en la que estableció la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional y le confirió el mandato de promover la armonización y unificación progresivas del derecho mercantil internacional y, a ese respecto, tener presentes los intereses de todos los pueblos, en particular los de los países en desarrollo, en la evolución general del comercio internacional, Recordando también su resolución 3108 (XXVIII), de 12 de diciembre de 1973, en la que aumentó de 29 a 36 Estados el número de miembros de la Comisión, y su resolución 57/20, de 19 de noviembre de 2002, en la que aumentó el número de miembros de la Comisión de 36 a 60 Estados, Satisfecha con la práctica de la Comisión de invitar a los Estados que no son miembros de la Comisión y a las organizaciones intergubernamentales y organizaciones no gubernamentales internacionales pertinentes a participar en calidad de observadores en los períodos de sesiones de la Comisión y de sus grupos de trabajo y a contribuir a la formulación de textos por la Comisión, así como con la práctica de adoptar decisiones por consenso sin votación formal, Observando que el número considerable de Estados que han participado en calidad de observadores y realizado contribuciones valiosas a la labor de la Comisión indica que existe interés, no solo entre los actuales 60 Estados miembros, por participar activamente en la labor de la Comisión, y haciendo notar el interés de un número apreciable de Estados miembros actuales de la Comisión por seguir 21-18664 (S) 221221 *2118664* 271221

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