A/RES/76/109
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
17 de diciembre de 2021
Septuagésimo sexto período de sesiones
Tema 80 del programa
Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el
Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada
en su 54º período de sesiones
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 9 de diciembre de 2021
[sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/76/471, párr. 13)]
76/109.
Aumento del número de miembros de la Comisión de las
Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
La Asamblea General,
Recordando su resolución 2205 (XXI), de 17 de diciembre de 1966, en la que
estableció la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil
Internacional y le confirió el mandato de promover la armonización y unificación
progresivas del derecho mercantil internacional y, a ese respecto, tener presentes los
intereses de todos los pueblos, en particular los de los países en desarrollo, en la
evolución general del comercio internacional,
Recordando también su resolución 3108 (XXVIII), de 12 de diciembre de 1973,
en la que aumentó de 29 a 36 Estados el número de miembros de la Comisión, y su
resolución 57/20, de 19 de noviembre de 2002, en la que aumentó el número de
miembros de la Comisión de 36 a 60 Estados,
Satisfecha con la práctica de la Comisión de invitar a los Estados que no son
miembros de la Comisión y a las organizaciones intergubernamentales y
organizaciones no gubernamentales internacionales pertinentes a participar en calidad
de observadores en los períodos de sesiones de la Comisión y de sus grupos de trabajo
y a contribuir a la formulación de textos por la Comisión, así como con la práctica de
adoptar decisiones por consenso sin votación formal,
Observando que el número considerable de Estados que han participado en
calidad de observadores y realizado contribuciones valiosas a la labor de la Comisión
indica que existe interés, no solo entre los actuales 60 Estados miembros, por
participar activamente en la labor de la Comisión, y haciendo notar el interés de un
número apreciable de Estados miembros actuales de la Comisión por seguir
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